El juez rechaza el recurso de Zapatero para que no se investiguen sus cuentas

El juez José Luis Calama ha desestimado el recurso presentado por el ex presidente José Luis Rodríguez Zapatero para que no se investigasen sus cuentas tal y como había pedido la UDEF de Policía Nacional para poder seguir avanzando en la investigación. El juez definitivamente rechaza la oposición de Zapatero por lo que los agentes podrán investigar los movimientos de dinero en las cuentas de Zapatero.

La solicitud de los investigadores fue apoyada por la Fiscalía y las acusaciones populares. El abogado de Zapatero formuló ·recurso de reforma contra la resolución que acuerda la práctica de requerimientos de información bancaria a diversas entidades y la apertura de una pieza reservada para la incorporación y depuración de la información recibida».

Es decir que el juez ofrecía una pieza secreta para este asunto pero aún así «el recurrente expresa que no cuestiona en términos generales la facultad del instructor para recabar datos bancarios, pero impugna tres aspectos concretos: (i) la autorización genérica conferida a la
unidad policial para “ampliar la información que se considere pertinente”, que se tacha de delegación en blanco de una potestad judicial y de potencial vulneración del derecho a la intimidad y a la tutela judicial efectiva al impedir control judicial y de las partes previo a solicitudes adicionales (ii) la extensión temporal indefinida del requerimiento hasta la actualidad y la inclusión de “comunicaciones internas de la entidad y con el cliente” (…) y (iii) la configuración de la pieza reservada y el mecanismo de depuración, señalando el riesgo real de difusión de datos íntimos y la posibilidad de que la unidad policial, como autora de la hipótesis investigadora, decida unilateralmente qué información es relevante, con afectación al derecho de defensa».

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El fiscal impugnó este recurso «considerando que la resolución no concede una autorización genérica e ilimitada a la Policía, sino que establece el modo en que debe actuarse y contiene advertencias dirigidas a los actuantes que la defensa no ha tenido en cuenta». La acusación popular unificada también impugnó el recurso, «sosteniendo al efecto que el auto es conforme a derecho y que el recurrente no señala defectos concretos en la resolución, limitándose a anticipar riesgos hipotéticos de actuaciones futuras».

El abogado de Zapatero también se negaba a la formación de una pieza separada. Pero Calama explica que «el tercer motivo de impugnación se articula en torno a la configuración de la pieza separada de carácter reservado y al procedimiento de depuración de la información incorporada, poniendo de relieve la existencia de un riesgo cierto de exposición de datos de naturaleza estrictamente personal, así como la eventualidad de que la unidad policial −en su condición de formuladora de la hipótesis investigadora−, asuma de manera unilateral la selección y determinación de los elementos considerados relevantes, con la consiguiente incidencia en las garantías propias del derecho de defensa».

Y añade que «esta alegación vuelve a partir de una premisa que no se corresponde con la naturaleza ni con la finalidad de la medida acordada. La pieza reservada no constituye un ámbito opaco ni un espacio de exclusión de garantías, sino un instrumento de protección reforzada de los derechos fundamentales, precisamente diseñado para evitar la exposición pública de datos sensibles y para asegurar que solo se incorpore al procedimiento principal aquello que resulte relevante para los hechos investigados».

Por estos motivos el juez desestima el recurso de Zapatero, al que le queda el arma de otro recurso en apelación ante la Sala de lo Penal de la misma Audiencia Nacional.