El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el convenio por cuatro años entre el Ministerio de Sanidad, la Asociación para el Autocuidado de la Salud (ANEFP) y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) sobre la publicidad de medicamentos de uso humano dirigida al público.
Según se detalla en el texto, este convenio tiene por objeto «establecer los mecanismos más adecuados para la evaluación de los mensajes publicitarios dirigidos al público en general sobre medicamentos de uso humano, con el fin de garantizar que se producen con la necesaria veracidad, claridad y objetividad y se cumplan todas y cada una de las condiciones impuestas por el ordenamiento jurídico en esta materia».
Dentro de este acuerdo, la se compromete a revisar todos los proyectos de mensajes publicitarios que, con carácter voluntario, les presenten las entidades farmacéuticas, para realizar publicidad de medicamentos de uso humano dirigida al público, mediante un Comité Técnico (COTA) de revisión de este tipo de publicidad, que se reunirá con periodicidad semanal.
Asimismo, comunicará a las entidades farmacéuticas todas las incidencias observadas en la revisión de los proyectos publicitarios presentados y estudiados por el COTA con el fin de que, una vez subsanadas, puedan obtener el ‘sello ANEFP’, que será remitido a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SistemaNacional de Salud y Farmacia y a AUTOCONTROL.
Mientras tanto, AUTOCONTROL examinará a través de su Gabinete Técnico, y de conformidad con sus procedimientos, las campañas publicitarias remitidas por ANEFP con el ‘sello ANEFP’ y aquellas que con carácter voluntario le remitan anunciantes, agencias o medios en relación con mensajes publicitarios sobre medicamentos de uso humano dirigidos al público.
Resolverá a través del Jurado de la Publicidad, y de conformidad con su Reglamento, todas las reclamaciones que se le planteen relacionadas con mensajes publicitarios dirigidos al público sobre medicamentos de uso humano, notificando sus resoluciones a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia y a ANEFP.
De la misma forma, presentará informes periódicos a la Comisión de Seguimiento, acerca tanto de la citada actividad de control previo, como de la actividad de resolución de reclamaciones en relación con el control a posteriori de la publicidad de medicamento de uso humano dirigida al público.