La justicia escocesa la extradición de Ponsatí porque no es competente

La justicia escocesa ha decidido este jueves abandonar el proceso de extradición a España de la eurodiputada de Junts Clara Ponsatí al no considerarse competente después del cambio de residencia de la exconsellera a Bélgica, según han explicado fuentes de la defensa de la eurodiputada.

La decisión sobre Ponsatí en Escocia llega después de que la defensa aprovechara la vista que se celebró en mayo para comunicar el cambio de domicilio, ante lo que la Fiscalía planteó la necesidad de discutir el futuro del caso en otra vista, la de hoy. El juez acordó entonces citar a las partes este jueves para escuchar sus respectivos argumentos sobre si procedía continuar con el trámite de la euroorden en Escocia, y ha decidido que el proceso no debe continuar ante la justicia británica.

Las fuentes apuntan ahora que, dado que el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha presentado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine el alcance de las euroórdenes, deberá a esperar a obtener respuesta para decidir nuevos movimientos en relación a Ponsatí.

CUESTIÓN PREJUDICIAL

El TJUE admitió a principios de mayo a trámite la cuestión prejudicial planteada por Llarena para que fije los motivos por los que se puede emitir y, sobre todo, rechazar una orden de detención y entrega europea (OED), reaccionando así a la decisión del Tribunal de Apelaciones de Bruselas de no enviar al ex consejero Lluis Puig a España.

Llarena pretende que el TJUE arroje luz sobre la Decisión Marco 2002/584/JAI que regula las euroórdenes para que, en base a los criterios establecidos por la corte comunitaria, «pueda adoptar una decisión concreta en torno a mantener, retirar o emitir nuevas ODEs respecto de todos o algunos de los copartícipes procesados en esta causa».

De esta forma, el magistrado español busca reactivar un caso que «se encuentra hoy plenamente paralizado» por la situación de rebeldía de los investigados –Puigdemont, Comín y Puig están huidos en Bélgica y Ponsatí, hasta mayo en Reino Unido– y por el hecho de que un Estado miembro ya ha denegado la primera de las euroórdenes dictadas en el marco de esta causa.

EL DELITO DE SEDICIÓN

En un comunicado, el abogado de Ponsatí, Aamer Anwar, ha explicado este jueves que fue en marzo de 2018 cuando su representada compareció por primera vez ante los tribunales escoceses «después de que España emitiera una orden de detención europea relacionada con su participación en el referéndum (…) de 2017».

Relata que la orden firmada por Llarena imputaba a su representada un delito de sedición, y califica ese tipo de delito de «arcaico» porque fue «inventado en los tribunales de Europa del siglo XVI por reyes y reinas que temían una reacción violenta de la lenta marcha hacia la democracia».

Recuerda que en las democracias de hoy «se acepta que la libertad de expresión política es un valor fundamental de los sistemas legales democráticos» y que «sin ella no se puede mantener el estado de derecho», y añade que lo contenido en la orden judicial de Llarena «no establecía una representación justa y precisa de los eventos de septiembre y octubre de 2017».

Explica asimismo que para Ponsatí la ODE ha sido siempre «un ejemplo de venganza» de España a través de medios judiciales, y recuerda que el proceso en Escocia se ha dilatado por más de tres años. Apunta a esto que tras convertirse en eurodiputada, Ponsatí asumió su cargo en Bruselas el 1 de febrero de 2020, donde ahora vive y trabaja.

El comunicado, resalta que este jueves han comparecido ante el tribunal escocés, sin la presencia de la eurodiputada, y les han comunicado que se abandonaba el proceso de extradición.

La defensa añade que Ponsatí agradece a todas las personas de Escocia y de toda Europa que le han brindado «apoyo y solidaridad en tiempos difíciles», y que tiene la esperanza de que «algún día pueda regresar del exilio político a su querida Cataluña».