lunes, 6 mayo 2024

Las cinco cosas que nunca te pueden cobrar en un bar según la OCU

Pocas cosas hay más desagradables que disfrutar de una comida o unas tapas en un bar o un restaurante y descubrir, al pedir la cuenta, que hay gastos con los que no se contaba. Existen algunos extras que siempre van a parecer abusivos, como el hielo o el agua del grifo, pero que el establecimiento lo puede cobrar siempre que esté reflejado en la carta. En ese caso, al menos no nos pillará de sorpresa, y al menos tenemos la opción de elegir o no, quedarnos en ese local. Sin embargo, la OCU advierte a los consumidores de algunas cosas que no te pueden cobrar.

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SUPLEMENTO DE LA TERRAZA

Es muy común que muchos establecimientos cobren un plus por disfrutar del espacio en la terraza. Es algo que pueden hacer libremente, pero eso sí, tiene que estar perfectamente indicado, en la carta o de cualquier otra forma. Además, es obligatorio que aparezca detallado el coste del servicio en terraza, aclarando a cuanto asciende el incremento del precio con respecto a consumir en el interior del local. Aparte de brindar la información con antelación al cliente, el suplemento tiene que aparecer después indicado en la factura.