lunes, 6 mayo 2024

Las cinco cosas que nunca te pueden cobrar en un bar según la OCU

Pocas cosas hay más desagradables que disfrutar de una comida o unas tapas en un bar o un restaurante y descubrir, al pedir la cuenta, que hay gastos con los que no se contaba. Existen algunos extras que siempre van a parecer abusivos, como el hielo o el agua del grifo, pero que el establecimiento lo puede cobrar siempre que esté reflejado en la carta. En ese caso, al menos no nos pillará de sorpresa, y al menos tenemos la opción de elegir o no, quedarnos en ese local. Sin embargo, la OCU advierte a los consumidores de algunas cosas que no te pueden cobrar.

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SUPLEMENTO POR MESA

barra OCU

Otro cargo que nos podemos encontrar en algunos bares y restaurantes, es un suplemento por tomar nuestra comida o consumición en la mesa. Igual que ocurre con el suplemento de terraza, es una práctica que está prohibida sin no se especifica con antelación. Según la OCU, no solo debe indicarse que el servicio en mesa tiene un suplemento, también tiene que aparecer el porcentaje de incremento sobre el precio.

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