El Juzgado Penal 6 de Barcelona ha condenado al expresidente de la Generalitat Quim Torra a 15 meses de inhabilitación en la segunda causa por desobediencia al no descolgar una pancarta de la fachada de la Generalitat cuando era presidente.
La sentencia, también le impone una multa de 24.000 euros y se ha comunicado menos de dos semanas después de que el TSJC diera por cumplida la primera condena de inhabilitación de Torra, también por desobediencia.
Se trata de la segunda condena a Torra por el mismo delito: en este caso, por no retirar la pancarta en periodo electoral antes de las elecciones del 10 de noviembre de 2019; mientras que en la primera el TSJC le condenó a un año y medio de inhabilitación por mantener una pancarta antes de las elecciones generales del 28 de abril del mismo año.
La jueza recuerda en la sentencia que Torra fue requerido para retirar la pancarta, una medida cautelar que acordó el TSJC a raíz de un recurso interpuesto por la entidad Impulso Ciudadano y que invocaba la vulneración del deber de objetividad.
Antes de ese requerimiento, al conocer la medida cautelar que tomó el TSJC, la oficina de presidente de Torra había emitido un comunicado «manifestando su voluntad de recurrir y de no retirar la pancarta».
Para la jueza, ese comunicado mostraba la «negativa abierta» de Torra a cumplir con la orden de retirar la pancarta.
La jueza constata que, una vez requerido, Torra «no cumplió de forma inmediata» con la orden del tribunal, con lo que el tribunal tuvo que ordenar a los Mossos d’Esquadra que retiraran la pancarta después de varios requerimientos.