Poder disponer de un empleado doméstico en el hogar, para que lleve a cabo diferentes tareas de limpieza, cocina, organización y cuidado de los niños, es una gran ventaja para toda la familia.
Sin embargo, para garantizar su seguridad y sus derechos laborales, la normativa española establece que todo trabajador doméstico que reciba una remuneración a cambio de su trabajo, debe ser dado de alta en el Sistema Especial de Empleados del Hogar, sin importar la cantidad de horas que permanezca en el hogar. A su vez, es importante contemplar la nueva normativa empleados hogar, para la cual MZG Asesores enumera los detalles a tener en cuenta.
Ahora mås derechos laborales para las empleadas domésticas
Desde el pasado martes 8 de septiembre, se dio paso a una nueva legislaciĂłn que garantiza una mayor protecciĂłn a los empleados del hogar, ante situaciones de despido y desempleo.
Hasta la fecha, las trabajadoras domĂ©sticas podĂan ser despedidas con facilidad con un aviso previo de 20 dĂas, sin dar ninguna justificaciĂłn y con una indemnizaciĂłn econĂłmica segĂșn su antigĂŒedad. Sin embargo, la reciente normativa ha modificado este aspecto, para regirse bajo las mismas condiciones que todos los trabajadores asalariados del RĂ©gimen General. De esta forma, les otorgan no solo una indemnizaciĂłn mayor, sino tambiĂ©n la garantĂa de una justificaciĂłn.
Esto implica que, de aquà en adelante, cuando una persona ya no requiera los servicios de un empleado doméstico, deberå argumentar los motivos para despedirle, puesto que se ha suprimido la figura del «desistimiento» en la regulación del sector.
A su vez, es obligatorio otorgarle una indemnizaciĂłn equivalente al pago de 20 dĂas por año trabajado, con un lĂmite de 12 meses en caso de que sea objetivo, mientras que, si es un despido improcedente se pagarĂĄn 33 dĂas por año trabajado, con un mĂĄximo de 24 mensualidades.
Tener en cuenta la cotizaciĂłn por desempleo es fundamental
La normativa comenzarĂĄ a funcionar a partir del 1 de octubre y beneficiarĂĄ, segĂșn los datos mĂĄs recientes de la Seguridad Social, a 373.120 trabajadores del hogar afiliados. En el caso de despido, ademĂĄs de la indemnizaciĂłn, se deberĂĄ abonar la Seguridad Social por desempleo, con una nueva cotizaciĂłn del 6 % y por el Fondo de GarantĂa Salarial (FOGASA) en un 0,2 %.
Sin embargo, la legislaciĂłn anticipĂł que el 80 % de la cotizaciĂłn serĂĄ bonificada y que, para algunas familias segĂșn sus niveles de patrimonio o renta, se reducirĂĄ en mĂĄs del 20 % la cotizaciĂłn por contingencias.
La nueva normativa para empleados domĂ©sticos busca igualar las condiciones de este sector con las del resto de trabajadores, quienes podrĂĄn acceder a la prestaciĂłn contributiva por desempleo si han estado cotizando durante un mĂnimo de un año.