Rebajan un año y medio la condena impuesta al destinatario de la droga del pesquero ‘New Polar’ por no ser reincidente

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) ha confirmado, casi en su totalidad, la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenó a tres implicados en la introducción en España de 30 kilos de cocaína a bordo del pesquero ‘New Polar’, que atracó en el puerto de Cangas el 22 de mayo de 2019. El precio de la droga en el mercado ilícito, según la resolución, superaría los 1,2 millones.

Sin embargo, el TSXG rebaja de ocho a seis años y medio la condena impuesta a la persona que recibiría la droga aprehendida, pues estiman que no concurre la agravante de reincidencia. Pero el TSXG mantiene la condena relativa al pago de la multa, que asciende a 1.210.829 euros.

Por contra, el alto tribunal gallego desestima el recurso presentado contra el fallo de primera instancia por el cocinero, de Cangas do Morrazo (Pontevedra), quien fue condenado a cuatro años de cárcel y al pago de una multa de 600.000 euros.

En su caso, el tribunal tuvo en cuenta la atenuante de confesión, pues considera probado en la sentencia que «la aprehensión de la sustancia estupefaciente y la frustración de la finalidad de la operación de transmisión a terceros» fue propiciada «por la colaboración desinteresada del propio acusado, quien desde el año 2014 mantenía una relación de confidente con agentes de la Guardia Civil».

Los magistrados también han mantenido la pena impuesta -seis años de cárcel y el abono de 1.210.829 euros- al acusado que operaba como enlace en España de los proveedores de la cocaína.

En su momento, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra había decidido absolver a los otros tres procesados, al determinar la invalidez de las pruebas contra ellos, ya que se basaban en el volcado de datos del teléfono del cocinero del barco, y no se pudo asegurar la cadena de custodia del terminal ni garantizar que no hubiera sido manipulado.

Precisamente por ello, en su sentencia la Audiencia Provincial había considerado que no quedaba acreditado que los acusados integrasen un grupo criminal, por lo que resolvió absolverlos a todos con respecto a este delito.