Vox recurre el archivo del ‘caso Oltra’ tras un sobreseimiento «abrupto»

Vox se ha adherido al recurso de la víctima abusada por el ex de Mónica Oltra tras el archivo provisional del caso. La formación de Santiago Abascal ha solicitado la «adhesión íntegra» al recurso de apelación formulada por la víctima del ex marido de Mónica Oltra, Teresa Tanco Muela, contra el auto dictado el pasado 2 de abril por la Audiencia Nacional de Valencia, que decidió archivar la causa contra la ex consejera de Igualdad y 15 personas más alegando que no existían indicios para seguir investigando el presunto encubrimiento de los abusos de su ex a una menor tutelada por la Generalitat.

El titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia decretó el sobreseimiento provisional de la causa que seguía desde 2021 contra la que fuera exvicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat, Mónica Oltra, y otras 15 personas por su gestión en el caso de abusos sexuales a una menor tutelada por un educador exmarido de la dirigente política, el cual fue condenado a cinco años de prisión por haber cometido, cuando era monitor en un centro de menores, abusos sexuales a una chica de 16 años que estaba bajo la tutela de la Generalitat.

EL CASO OLTRA: CON DILIGENCIAS NO RESUELTAS QUE SE ESTIMABAN NO NECESARIAS

«No existen en suma indicios de la comisión de delito alguno y ello aun cuando en la denuncia y querella iniciales se hicieran de manera meramente provisional calificaciones jurídico-penales que resultan insostenibles con arreglo a lo actuado», concluyó el magistrado.

El auto, que podía ser recurrido tanto en reforma como en apelación, recuerda la existencia de diligencias que habían sido solicitadas por las acusaciones particular y popular y que aún no habían sido resueltas, pero matiza a continuación que éstas no se estiman necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

El trabajador social Luis Eduardo Martínez Icardi, exmarido de Mónica Oltra, llegando a la Audiencia Provincial de Valencia.
El trabajador social Luis Eduardo Martínez Icardi, exmarido de Mónica Oltra, llegando a la Audiencia Provincial de Valencia.

El juez detalla pormenorizadamente y de forma cronológica en la resolución los hechos acreditados durante la instrucción de estas diligencias, desde que la víctima sufrió los abusos sexuales continuados, entre finales de 2016 y 2017, por parte del educador -hechos por los que fue condenado a cinco años de cárcel- hasta 2019, cuando la Fiscalía recibió un informe de la Conselleria realizado por el Instituto Espill relativo a la menor.

El juez considera que todos los indicios que fundamentaron en su día «las imputaciones judiciales provisionales» contra las personas investigadas en esta causa «se han desvanecido por completo una vez practicadas todas las diligencias necesarias encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos investigados».

Así, una vez recibida declaración a todos los investigados, entre los que figuran técnicos y antiguos altos cargos de la Conselleria, a los testigos y examinada la «copiosa documental obrante en autos (…) no subsiste indicio racional alguno de criminalidad contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos», precisa.

El magistrado admite que determinadas conductas seguidas por algunos de estos investigados podrían haber sido «distintas a las que fueron», pero no cabe de ello «derivar consecuencias jurídico penales» para los mismos.

EL INSTRUCTOR DEL CASO OLTRA NO APRECIA PREVARICACIÓN NI ABANDONO DE MENORES

De este modo, el instructor no aprecia indicios de delito de prevaricación administrativa ni tampoco de abandono de menores ni de omisión del deber de perseguir delitos.

Respecto a Mónica Oltra, señala que no se ha acreditado, «ni siquiera al nivel propio de los indicios», que tuviera conocimiento alguno hasta el 4 de agosto de 2017 de los hechos que atribuía la menor tutelada a quien entonces era su marido.

Asimismo, las sospechas expuestas en la denuncia y la querella iniciales acerca de que pudiera haber existido una directriz, orden o similar de la entonces consellera de Igualdad o de cualquiera de los altos cargos de la Conselleria para desacreditar a la víctima o encubrir al educador «finalmente no han alcanzado la categoría de indicios de criminalidad y quedan como meras sospechas, especulaciones o conjeturas sobre los que no puede basarse una imputación judicial definitiva», añade el magistrado.

En esta línea, el titular del Juzgado de Instrucción 15 destaca la declaración como testigo en esta causa de la menor que sufrió los abusos, «que no fue capaz de aportar una versión de los hechos diferente a la que resulta de la documentación existente en la causa y a las declaraciones de los investigados», informaron desde el Consejo del Poder Judicial de Valencia.

VOX QUIERE DEMOSTRAR QUE SÍ HUBO VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

Vox no acepta esos argumentos de que no se encontraron instrucciones de Oltra a los funcionarios a través de correos electrónicos, pues «existen muchas vías alternativas para transmitir indicaciones» y ha presentado el recurso de apelación directa al acuerdo de sobreseimiento provisional del conocido como ‘caso Oltra’, en el que se investiga si la entonces consejera de Igualdad de la Generalidad Valenciana mandó instrucciones a los funcionarios para encubrir a su entonces marido, condenado por abuso sexual a una menor tutelada.

La coordinadora Nacional Jurídica de VOX, Marta Castro, junto con el equipo jurídico provincial de VOX en Valencia, que han trabajado este asunto, consideran que el sobreseimiento de esta causa fue muy rápido.
La coordinadora Nacional Jurídica de VOX, Marta Castro, junto con el equipo jurídico provincial de VOX en Valencia, que han trabajado este asunto, consideran que el sobreseimiento de esta causa fue muy rápido.

Para la coordinadora Nacional Jurídica de VOX, Marta Castro, junto con el equipo jurídico provincial de VOX en Valencia, que han trabajado este asunto, consideran que el sobreseimiento de esta causa es «tan rápido como abrupto». «Causa evidente extrañeza a esta parte que en este estadio procesal no se haya tenido posibilidad de solicitar la práctica de nueve diligencias derivadas del alzamiento del secreto de la Pieza Separada, así como instar la apertura del juicio oral, sustrayendo a esta parte de la posibilidad de formular acusación, obteniendo un pronunciamiento en tal sentido, mucho más acorde con la complejidad y la extensión de la instrucción, así como la garantía procesal para todas las partes intervinientes», recoge el escrito.

«el rápido sobreseimiento de la causa ha evitado que las partes acusadoras tengan la posibilidad de aportar su análisis de los hechos»

Así, esta situación entronca con la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, así como a los derechos a un proceso con todas las garantías y a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa, por lo que considera como una actividad instructora insuficiente. Y es que, el rápido sobreseimiento de la causa ha evitado que las partes acusadoras tengan la posibilidad de aportar su análisis de los hechos, y de hacer acusación.

Destaca Castro al Juzgado de Instrucción Número 15 de Valencia, las contradicciones en las declaraciones de los investigados y testigos que «evidencian la comisión delictiva que se ha estado investigando». Además, sobre la Pieza Separada de la que no se han obtenido pruebas de una suerte de instrucciones por parte de Oltra a los funcionarios a través de correos electrónicos. «De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional existen muchas otras formas y vías alternativas de haber transmitido dichas instrucciones o incluso presiones al resto de funcionarios, tales como reuniones presenciales, e incluso vía telefónica», sospecha Vox.