Las claves de la sentencia que absuelve a Ángel Expósito de la demanda de Ábalos por ‘putero asqueroso’

El tribunal considera que Ábalos, como personaje público, debe soportar las críticas en el marco de la libertad de expresión. La sentencia da la razón al periodista y al Ministerio Fiscal.

El Juzgado de Instancia número 86 de Madrid ha absuelto este lunes al periodista Ángel Expósito de la demanda interpuesta por el exministro José Luis Ábalos. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, condena al exdirigente socialista al pago de las costas del procedimiento judicial.

«Putero asqueroso»: un insulto que el tribunal encuadra en la crítica política

Ábalos había demandado a Expósito alegando una intromisión ilegítima en su derecho al honor (una vulneración de su reputación personal). El periodista vinculó al exministro con el "puterío", los "karaokes" y las "juergas con amiguitas" en el contexto del denominado "clan Koldo-Ábalos", según la columna publicada en ABC el 10 de marzo de 2024 y sus intervenciones en redes sociales. El demandante consideraba que llamarle "putero asqueroso, de siempre" y acusarle de "contratar, usar o abusar de prostitutas" constituían una imputación falsa y vejatoria sin base cierta.

Expósito se opuso íntegramente a la demanda y recordó que Ábalos no solo es una figura pública por sus cargos como ministro o secretario de Organización del PSOE, sino que también tiene una proyección mediática derivada de diversos casos de corrupción que afectan a su entorno político, entre ellos los ERE, la FAFFE, el caso Koldo y el caso ‘Tito Berni’. Además, subrayó que el propio exministro había sido colaborador habitual del programa "Todo es Mentira" desde septiembre de 2023, donde intervino para responder a informaciones que le vinculaban con la prostitución.

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El Ministerio Fiscal también pidió la desestimación de la demanda. Afirmó que las opiniones del periodista se encuadran en una temática de crítica política de evidente relevancia pública e interés social, dado que el demandante es un personaje público.

El fallo: absolución para Expósito y condena en costas para Ábalos

El tribunal, tras valorar todas las alegaciones, concluye que "en garantía de las libertades de expresión e información, no cabe duda de que las personas que ejercen funciones públicas o de relevancia social han de soportar el riesgo de que sus derechos subjetivos (entre ellos, el honor) resulten afectados por opiniones de otras personas". La sentencia cita el artículo 2.1 de la Ley de 5 de mayo de 1982 para delimitar que la protección del honor queda condicionada por los propios actos de cada persona. Sin embargo, el juzgado entiende que el exministro, por su singular relevancia política y su exposición mediática, debe asumir un nivel de crítica más amplio.

La sentencia recuerda que los personajes públicos 'han de soportar el riesgo de que sus derechos subjetivos resulten afectados por opiniones de otras personas'.

El fallo es claro: Ángel Expósito queda absuelto y José Luis Ábalos debe pagar las costas del juicio (los gastos del proceso). La resolución desestima la indemnización de 60.000 euros que reclamaba el exministro por los supuestos daños morales.

El impacto para la libertad de expresión y los límites del derecho al honor

Esta sentencia de un tribunal de instancia (el órgano judicial que conoce de asuntos civiles y penales en primera instancia en Madrid) refuerza la jurisprudencia constitucional sobre la prevalencia de la libertad de expresión cuando se ejerce sobre asuntos de interés público y personajes con proyección política. No se trata de un cheque en blanco para el insulto gratuito, sino de un recordatorio de que las figuras públicas, especialmente aquellas cuya trayectoria está marcada por la polémica, asumen un umbral de tolerancia más elevado. La decisión, no obstante, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Juzgado de Instancia número 86 de Madrid.
  • Fase procesal: Sentencia en primera instancia (recurrible).
  • Implicados: Ángel Expósito (periodista absuelto), José Luis Ábalos (exministro y demandante condenado en costas).
  • Delito investigado: No penal, procedimiento civil por intromisión ilegítima en el derecho al honor.
  • Próximos pasos: Las partes pueden interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? El Juzgado de Instancia 86 de Madrid ha absuelto al periodista Ángel Expósito de la demanda de José Luis Ábalos por llamarle "putero asqueroso".
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El periodista Ángel Expósito y el exministro José Luis Ábalos, quien deberá pagar las costas del juicio.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La sentencia no es firme; cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de veinte días hábiles.