EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? El TSJC ha anulado la revisión del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria aprobada en 2022 por basarse en la Ley 19/2003, ya derogada.
- ¿Quién está detrás? La sentencia, fechada el 17 de junio, responde al recurso de la Plataforma de Afectados por la Ley Turística.
- ¿Qué impacto tiene? Es el quinto fallo contra el PIO en meses. Obliga al Cabildo a revisar el planeamiento conforme a la ley del suelo vigente, con implicaciones para el modelo turístico y residencial.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha asestado un nuevo golpe al planeamiento territorial de Gran Canaria. La revisión del Plan Insular de Ordenación, aprobada en 2022 por el Cabildo de Gran Canaria, ha sido declarada nula de pleno derecho por basarse en una normativa derogada desde 2017. La sentencia, la quinta contra el PIO en los últimos meses, da la razón a la Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) y vuelve a poner en entredicho la ordenación del sur de la isla.
Una revisión sin base legal
El fallo, fechado el pasado 17 de junio, constata que el Cabildo de Gran Canaria pretendió adaptar el PIO a la Ley 19/2003 de Directrices de Ordenación General y del Turismo. Lo que ocurre es que dicha ley había sido derogada en su mayor parte cinco años antes, en septiembre de 2017, por la entrada en vigor de la Ley 4/2017 del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. “Carece de sentido alguno revisar un Plan Insular para adaptarlo a una normativa derogada, siendo lo lógico adaptarlo a la normativa vigente”, resume la Sala.
El tribunal recuerda además que, en los documentos de la revisión, se seguían mencionando las Directrices de Ordenación derogadas como si estuvieran plenamente vigentes. No es un detalle técnico: es la base misma del plan. La sentencia se apoya en la coherencia con fallos previos de la misma Sala y en la vulneración del régimen transitorio y la eficacia derogatoria de la ley del suelo autonómica.
Los argumentos de la plataforma
La Plataforma de Afectados por la Ley Turística había recurrido el PIO planteando dos cuestiones de fondo. Por un lado, denunciaba que la ordenación del tejido turístico del sur ignoraba los usos residenciales tradicionales, legales o consolidados, sin justificación suficiente, lo que rozaba la arbitrariedad. El plan eliminaba la compatibilidad entre uso residencial y turístico, en contra de lo que permite la normativa autonómica.
Por otro lado, alertaban sobre el ámbito excluido del LIC marino Sebadales de Playa del Inglés. La revisión mantenía el proyecto de un puerto deportivo de alta capacidad en Bahía Feliz, en plena zona de especial conservación, sin estudios suficientes y con graves afecciones ambientales probables. La plataforma siempre ha sostenido que no es un error técnico: “era una decisión política”.
El Cabildo y la Federación de Empresarios de Hostelería y Turismo de Las Palmas defendieron que el uso residencial en la zona turística no se sostenía con la ley de 2017, y calificaron los argumentos de la demandante como meras opiniones. Pero el TSJC no ha necesitado entrar en ese fondo: le ha bastado con la nulidad por ley derogada.
No era un error técnico: el PIO respondía a un modelo agotado que pone todo el territorio al servicio de una sola actividad y arrincona a la población local.
El Pulso Territorial
La cadena de varapalos judiciales al PIO refleja una tensión de fondo en Canarias. El gobierno insular, presidido por Antonio Morales (NC-CC), aprobó la revisión en un momento en que el modelo turístico ya mostraba signos de saturación. La insistencia en duplicar la presión turística sin consecuencias, como denuncia la plataforma, tropieza ahora con la justicia y con un creciente malestar vecinal.
La situación tiene paralelismos con otras islas del archipiélago y con debates similares en Baleares, donde la saturación turística y la protección del territorio son ejes de la política autonómica. En Gran Canaria, el PIO era la herramienta que iba a ordenar el sur y, sin embargo, acumula cinco sentencias en contra. El próximo paso obliga al Cabildo a revisar de nuevo el plan, esta vez con la ley del suelo de 2017 como referencia, y abre un periodo de incertidumbre para los proyectos turísticos y residenciales en tramitación.
Ficha Autonómica
- El caso: El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula de pleno derecho la revisión del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria de 2022 por haberse basado en una normativa derogada.
- Datos importantes: Sentencia del 17 de junio de 2026; quinto fallo adverso al PIO en meses; la revisión pretendía adaptarse a la Ley 19/2003, derogada en 2017 por la Ley 4/2017 del Suelo canario; afecta a la ordenación turística y residencial del sur de la isla.
- Resumen: El Cabildo deberá revisar el plan conforme a la ley del suelo vigente, lo que retrasa proyectos y obliga a replantear el modelo turístico-residencial en la zona.

