El TSJ de Baleares ratifica el despido por redes sociales: la sentencia que marca los límites de la libertad de expresión

La Sala de lo Social confirma la procedencia del despido disciplinario de un camarero que publicó un vídeo crítico en TikTok mostrando el sistema interno de cobro. El fallo no es firme y cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (TSJIB) ha ratificado en una sentencia reciente el despido disciplinario de un camarero de hotel que publicó un vídeo en TikTok criticando los precios y salarios de la empresa, según la resolución judicial a la que ha tenido acceso este medio. La Sala de lo Social considera que la conducta del trabajador quebrantó la confianza y dañó la reputación corporativa, confirmando la extinción de la relación laboral comunicada el 14 de mayo de 2024.

El vídeo que acabó en despido: críticas, precios y un sistema interno al descubierto

El empleado grabó y subió a la red social TikTok un vídeo durante su jornada laboral en un establecimiento hotelero. En la grabación, mostró el sistema interno de ventas (TPV) y desveló que el café costaba 0,20 euros mientras se vendía a 5 euros. Además, se quejó de recibir un salario de 1.400 euros, una cantidad que calificó como «precaria». La empresa le notificó la carta de despido el 14 de mayo de 2024, alegando un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones contractuales.

El trabajador alegó en vía judicial que no había identificado expresamente a la empresa en el vídeo y que el despido era desproporcionado. Sostenía que, aun existiendo una conducta reprochable, la compañía había obviado la graduación de faltas al imponer la sanción más gravosa sin considerar las circunstancias.

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La Sala confirma el daño reputacional y la pérdida de confianza

El TSJIB desarma la argumentación del demandante. Los magistrados subrayan que el tribunal de primera instancia acreditó que el vídeo causó un daño real a la imagen externa y comercial de la empresa, perjudicando su prestigio y credibilidad. “No se aplicó un castigo automático”, recoge la sentencia, que analiza la falta en el marco del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

Según la Sala, publicar un contenido despectivo durante el horario laboral y exhibir herramientas internas supone una quiebra de la confianza que justifica la sanción más severa. El hecho de que el empleado no esté de acuerdo con el fallo “no significa que la decisión no esté argumentada”, precisa el texto.

La Sala sostiene que publicar un video despectivo en redes sociales durante el horario de trabajo y mostrando herramientas internas de la empresa rompe la confianza laboral.

El caso plantea un equilibrio complejo entre el derecho a la libertad de expresión y las obligaciones de buena fe contractual. No es el primer conflicto que llega a los tribunales por publicaciones en redes sociales, pero sí uno de los pocos en los que el daño reputacional se convierte en el eje del fallo. La sentencia del TSJIB refuerza la doctrina de que el trabajador no puede ampararse en la crítica para divulgar información interna que perjudique la imagen de la empresa.

¿Es firme la sentencia? El recurso de casación y el largo debate sobre la libertad de expresión en el trabajo

La resolución no es definitiva. El trabajador dispone de 20 días para interponer recurso de casación (el mecanismo para impugnar una sentencia ante el Tribunal Supremo) tras su notificación, un paso que su defensa ya ha anunciado que que valorará. De no recurrirse, el fallo adquirirá firmeza y la extinción del contrato quedará consolidada.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears.
  • Fase procesal: Sentencia que confirma la decisión del Juzgado de lo Social. No es firme.
  • Implicados: Un camarero de hotel (demandante) y la empresa hotelera (demandada). No se revelan nombres.
  • Cargo imputado: Despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual (art. 54 del Estatuto de los Trabajadores), con daño reputacional.
  • Próximos pasos: La defensa del trabajador puede interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 20 días hábiles.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? El TSJ de Baleares ha confirmado el despido de un camarero que publicó un vídeo en TikTok mostrando el sistema interno de cobro y criticando precios y salarios.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El empleado, que alegó un despido desproporcionado, y la empresa hotelera, que demostró un daño reputacional.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? La sentencia no es firme: el trabajador puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 20 días.