La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un colegio de la ciudad a indemnizar con 12.000 euros a una alumna que sufrió acoso escolar homófobo. Además, la Xunta de Galicia deberá abonar otros 9.000 euros por su respuesta insuficiente ante la denuncia de la familia, según la sentencia notificada este miércoles 15 de julio.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? La justicia gallega condena a un colegio ourensano y al Gobierno autonómico por no proteger a una menor acosada por su orientación sexual.
- ¿Quién está detrás? La Audiencia Provincial de Ourense, que ha estimado parcialmente el recurso de los padres; el centro educativo, que no activó el protocolo; y la Xunta, que no supervisó adecuadamente el caso.
- ¿Qué impacto tiene? El fallo sienta un precedente de responsabilidad institucional y obliga a la administración autonómica a pagar 9.000 euros, además de la indemnización del colegio. Puede reabrir el debate sobre los protocolos de acoso escolar basado en la orientación sexual.
Los hechos que el colegio no atajó
La sentencia detalla que, durante el curso 2022‑2023, dos compañeros de clase crearon un grupo de WhatsApp con el nombre “No al LGBT” al que añadieron a la víctima sin su consentimiento. En ese espacio y en conversaciones privadas, los agresores enviaron iconos de banderas LGTBI tachadas, imágenes con esvásticas y mensajes como “escoria, normal que nadie te quiera”. La menor también recibió fotos con frases despectivas como “te falta fairy” y referencias al patriarcado, evidenciando un acoso alimentado por la orientación sexual y por razones sexistas.
El tribunal subraya que el centro educativo no adoptó las medidas oportunas para frenar la situación, a pesar de que los padres de la víctima la denunciaron en repetidas ocasiones y mostraron una “profunda preocupación” por el estado emocional de su hija. De hecho, la alumna acabó recibiendo las clases en casa porque apenas se relacionaba con los demás en el patio y solo hablaba con la compañera de pupitre, lo que la llevó a una atención educativa domiciliaria temporal.
“Actitudes como las que hemos descrito, en las que se menosprecia a la víctima por su orientación sexual y su ideología de género, son claramente capaces de producir en cualquier adolescente los sentimientos de angustia y ansiedad que reflejan los informes psicológicos aportados”, señala la Sala en el fallo.
La insuficiente respuesta de la administración autonómica
La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Educación, tenía la obligación de activar el protocolo de convivencia escolar y supervisar que el centro lo aplicara. Sin embargo, la Audiencia considera acreditado que la respuesta fue insuficiente, por lo que condena al gobierno autonómico a abonar 9.000 euros. La administración no desplegó los recursos necesarios para proteger a la menor, pese a que existían pruebas documentales del hostigamiento.
El fallo estima solo parcialmente el recurso de los progenitores, que pedían 50.000 euros, pero refuerza la idea de que las instituciones deben ser corresponsables cuando fallan los mecanismos de prevención del acoso. La sentencia puede ser recurrida en casación, aunque el impacto político ya está servido.
La justicia gallega responsabiliza por primera vez a la Xunta de no haber protegido a una alumna acosada por su orientación sexual, abriendo un debate incómodo para la administración autonómica.
El Laboratorio Gallego
La condena a la Xunta, gobernada por el PPdeG con mayoría absoluta bajo la presidencia de Alfonso Rueda, pone en evidencia las carencias de los protocolos autonómicos frente al acoso escolar con componente de LGTBIfobia. Galicia ha presumido en los últimos años de contar con una Estratexia galega de convivencia escolar, pero este fallo judicial demuestra que, en la práctica, la administración no siempre actúa con la diligencia exigible.
Desde una perspectiva nacional, el Partido Popular, liderado ahora por el ex presidente de la Xunta Alberto Núñez Feijóo, ha evitado en Madrid posicionarse con claridad sobre medidas específicas contra el acoso por orientación sexual. La sentencia de Ourense podría forzar un debate interno en el PP sobre si su modelo autonómico, a menudo exhibido como laboratorio de gestión, necesita ajustes en materia de protección de los menores LGTBI. Cabe recordar que Feijóo llegó a afirmar en 2022 que “en Galicia no hay problemas de acoso escolar por razón de orientación sexual”, una declaración que ahora contrasta con la evidencia judicial.
El caso ocurre en un contexto en el que la Comunidad de Madrid (PP) y otras regiones gobernadas por el partido han mostrado resistencias a implantar leyes de igualdad LGTBI, mientras que el Gobierno central impulsa la conocida como ley trans y la ampliación de la protección frente al acoso escolar. La decisión de la Audiencia ourensana puede servir de argumento para quienes defienden una legislación más estricta y mayor control sobre los protocolos autonómicos. La próxima comparecencia del conselleiro de Educación en el Parlamento de Galicia, prevista para septiembre, será la primera prueba del impacto político de esta condena.
Ficha del Caso
- El caso: Una alumna de un colegio de Ourense sufrió acoso escolar por su orientación sexual durante el curso 2022‑2023. El centro no activó el protocolo y la Xunta respondió de forma insuficiente.
- Datos importantes: La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado al colegio a pagar 12.000 euros de indemnización, y a la Xunta a abonar 9.000 euros. La sentencia estima parcialmente el recurso de la familia, que pedía 50.000 euros.
- Resumen: El fallo responsabiliza por primera vez a la administración autonómica gallega de no proteger a una víctima de acoso escolar homófobo, lo que puede tener consecuencias políticas en el debate sobre los protocolos autonómicos y la postura del PP nacional frente a la protección del colectivo LGTBI.

