El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha anulado la denegación de la residencia temporal por circunstancias sobrevenidas —la que se reconoce a los afectados por la DANA— a un migrante colombiano, al considerar que la Delegación del Gobierno no hizo “la más mínima” valoración del informe policial desfavorable que pesaba sobre el solicitante. La sentencia, dictada el 29 de junio, condena además a la Administración a pagar 800 euros de costas.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha pasado? El TSJ-CV tumba el veto a la residencia temporal por la DANA a un migrante colombiano, al entender que la Delegación del Gobierno no evaluó el informe policial desfavorable.
- ¿Quién está detrás? La Delegación del Gobierno, que denegó el permiso basándose en un informe de la Dirección General de la Policía sin ponderarlo.
- ¿Qué impacto tiene? La sentencia, aún no firme, impone 800 euros de costas y evidencia la necesidad de que la Administración realice una valoración real de los antecedentes penales, no una mera cita del informe.
Un informe sin leer: el fallo de la Administración que censura el tribunal
El hombre, vecino de Benetússer y con hijos residentes legales en España, solicitó la autorización de residencia temporal tras las devastadoras inundaciones del 29 de octubre de 2024, que dejaron 231 víctimas mortales. La Dirección General de la Policía emitió un informe desfavorable, citando antecedentes contra la seguridad del tráfico y falsedad documental, y catalogó su conducta como una posible amenaza al orden público.
Sin embargo, el TSJ-CV reprocha que la Subdelegación del Gobierno en València no puso en práctica “la má s minima (ninguna) actividad de valoración” del informe. La resolución, que no es firme, echa en falta una mínima ponderación de esos antecedentes y desestima las alegaciones de la Administración, que contenían “afirmaciones erróneas”.
La defensa del migrante, ejercida por el abogado Fran Raga, vinculó los antecedentes policiales al uso de un vehículo en un contexto laboral, de camino al trabajo, y subrayó el arraigo familiar del solicitante. Ya en primera instancia, un juzgado de Valencia había concluido que la conducta reflejada en el informe no tenía “entidad suficiente como para denegar la autorización de residencia solicitada”.
La sentencia del TSJ-CV, aunque no firme, impone 800 euros de costas a la Administración, un golpe económico y simbólico que evidencia la falta de diligencia de la Delegación del Gobierno.
El tribunal no discute la política migratoria, sino cómo la Administración utilizó un informe policial sin siquiera ponderarlo, un fallo que castiga con 800 euros de costas.
El Escenario Valenciano
La resolución judicial trasciende el caso concreto. La Delegación del Gobierno, brazo del Estado en el territorio, gestiona miles de peticiones de residencia vinculadas a la DANA a través del mecanismo excepcional de regularización por circunstancias sobrevenidas. Esta sentencia advierte de un vicio administrativo grave: la costumbre de citar informes policiales desfavorables sin realizar una valoración real, dejando sin tutela efectiva a quienes ya soportaron la catástrofe.
En el plano político, el Gobierno central deberá revisar sus protocolos para evitar que la burocracia se convierta en una segunda barrera para los afectados. La Comunitat Valenciana arrastra una reconstrucción desigual: barrios de Benetússer, Paiporta o Aldaia siguen con viviendas precarias y falta de empleo estable, y la inseguridad jurídica de quienes aspiran a un permiso de residencia solo suma incertidumbre. El Consell de Pérez Llorca no tiene competencia directa en extranjería, pero sí en políticas de vivienda e integración: sin seguridad documental, la inclusión laboral de los migrantes se resiente, justo cuando más falta hace para levantar la zona cero.
La sentencia no es firme, y cabe recurso ante el Tribunal Supremo. De confirmarse, abriría la puerta a revisar muchas otras denegaciones que solo se apoyaron en informes policiales sin contrapeso. La DANA pidió una respuesta extraordinaria de todas las administraciones, y la justicia empieza a recordar que la diligencia también es parte de la reconstrucción.
Ficha del Caso
- El caso: Un migrante colombiano, con hijos residentes legales y vecindad en Benetússer desde antes de la DANA, vio denegada su residencia temporal por un informe policial desfavorable que la Delegación del Gobierno no ponderó.
- Datos importantes: La sentencia del TSJ-CV del 29 de junio de 2026 anula la denegación y condena en costas a la Administración por 800 euros. El tribunal censura que la Subdelegación no realizó “la más mínima valoración” del informe.
- Resumen: El fallo expone un déficit administrativo grave y obliga al Estado a revisar los procedimientos de concesión de residencia a afectados por la DANA; puede sentar precedente para otros casos donde el arraigo del solicitante no se tuvo en cuenta.

