El Consejo General del Poder Judicial aprueba cargas saludables para jueces: 2.400 asuntos en civil y 1.200 en social

La propuesta provisional, que responde a la sentencia del Tribunal Supremo STS 128/2022, se someterá a alegaciones hasta el 15 de septiembre. Las asociaciones judiciales deberán pronunciarse sobre los módulos de 2.400 asuntos civiles y 1.200 sociales.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado, con fecha 22 de julio, las cargas de trabajo saludables para los juzgados de Primera Instancia y de lo Social. La referencia provisional fija 2.400 asuntos en civil y 1.200 en social, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo (STS 128/2022, Sala de lo Social) que obligó al CGPJ a regular la prevención de riesgos laborales en la carrera judicial.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el CGPJ? Ha aprobado un documento con parámetros de carga saludable para jueces: 2.400 asuntos en civil y 1.200 en social, como base para una futura instrucción.
  • ¿Qué base jurídica aplica? La STS 128/2022 del Tribunal Supremo exige un sistema objetivo, transparente y revisable de cargas de trabajo desde la prevención de riesgos laborales.
  • ¿Qué impacto tiene? El texto se remite a las asociaciones judiciales para alegaciones hasta el 15 de septiembre; posteriormente se redactará la instrucción vinculante, sin valor retributivo ni disciplinario.

Antecedentes: la sentencia que impuso al CGPJ la regulación de las cargas

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó el 22 de septiembre de 2023 la sentencia STS 128/2022, origen inmediato del acuerdo. El fallo estimó parcialmente un recurso de conflicto colectivo y declaró la obligación del Consejo General del Poder Judicial de implantar un sistema preventivo de riesgos laborales en la judicatura, basado en criterios objetivos de carga de trabajo.

La resolución subrayó que el exceso de procedimientos pendientes y la ausencia de un módulo de entrada saludable vulneraban el derecho a la protección de la salud de los jueces, en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El alto tribunal exigió parámetros transparentes, revisables y adaptados a la realidad de cada jurisdicción.

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La aprobación del Pleno: 2.400 asuntos en civil y 1.200 en social

El documento aprobado el 22 de julio recoge los siguientes valores provisionales: 2.400 asuntos para los juzgados de Primera Instancia y 1.200 para los de lo Social sin funciones de ejecución, reduciéndose a 1.100 cuando asumen también la ejecución de resoluciones. Las cifras se sitúan por encima de los módulos de 2018 (1.500 en civil, 900 en social), pero por debajo de las propuestas alternativas que barajó el bloque progresista (2.500 y 1.500 respectivamente).

La votación reflejó diez sufragios del sector conservador, el respaldo del vocal progresista Carlos Hugo Preciado y el voto favorable de la presidenta, Isabel Perelló. El grupo progresista anunció votos particulares. Como base técnica se emplearon los informes de Inspección ISI 1748/2026 e ISI 2179/2026, complementados por un análisis del propio Preciado que puso de relieve la necesidad de no consolidar como saludable la sobrecarga soportada durante los años de pandemia y el incremento del 26 % de la litigiosidad acumulado desde 2018.

La doctrina del Tribunal Supremo

La STS 128/2022 estableció un canon de control preventivo que vincula al CGPJ en todos sus desarrollos normativos: cualquier sistema de medición de cargas debe ser objetivo, transparente y revisable, y no puede limitarse a constatar las capacidades de resolución alcanzadas en periodos de alta presión. La sentencia recalcó que la adopción de un módulo «normal» de trabajo exige valorar la litigiosidad estructural y la disponibilidad real de efectivos judiciales.

El Tribunal Supremo obligó al CGPJ a fijar una carga judicial que no consolide la sobrecarga soportada durante años excepcionales, sino que proteja la salud laboral de los jueces mediante parámetros objetivos y revisables.

Al margen de la cuantía concreta de asuntos, la doctrina jurisprudencial impone que los límites se apliquen únicamente con fines de prevención de riesgos y no como criterio retributivo, disciplinario o de productividad. Asimismo, exige que el cálculo se ajuste a la plantilla realmente disponible, descontando vacantes, bajas y reducciones de jornada.

El impacto doctrinal de esta sentencia es relevante en un contexto en el que la pendencia total de los órganos judiciales ha crecido un 79,1 % entre 2018 y 2025, alcanzando los 4,67 millones de asuntos. El Tribunal Supremo advierte, en definitiva, que no puede tomarse la capacidad de esfuerzo máximo como nuevo estándar normal.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Obligación del CGPJ de implantar un sistema de cargas saludables para jueces, derivada de la sentencia de conflicto colectivo STS 128/2022 de la Sala Social del Tribunal Supremo.
  • Datos importantes: Módulos provisionales: 2.400 asuntos en Primera Instancia, 1.200 en Social. Votación: 10 vocales conservadores, 1 progresista y la presidenta. Informes técnicos: ISI 1748/2026, ISI 2179/2026 y análisis complementario del vocal Preciado.
  • Fecha de los juicios: La sentencia se dictó el 22 de septiembre de 2023. El documento del CGPJ fue aprobado el 22 de julio de 2026. El plazo de alegaciones finaliza el 15 de septiembre de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: N/A (no se trata de un proceso penal ni hay acusados).