La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Unipost y confirma íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona, que en octubre de 2024 rechazó la demanda por abuso de posición dominante de Correos en el sector postal. La resolución, notificada en las últimas semanas, cierra por ahora el litigio que enfrentó a ambas empresas y reafirma la legalidad de las prácticas comerciales de la compañía estatal.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Audiencia Provincial de Barcelona desestima el recurso de Unipost y confirma la sentencia del Juzgado de lo Mercantil que ya había negado el abuso de posición dominante de Correos.
- ¿Qué base jurídica aplica? La doctrina del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el abuso de posición dominante, en paralelo con el artículo 102 del TFUE.
- ¿Qué impacto tiene? La decisión refuerza la carga de la prueba exigida a las empresas demandantes en litigios de competencia y ofrece seguridad jurídica al operador postal público.
Antecedentes del proceso
La demanda original se remonta a la quiebra de Unipost, que alegaba que, entre 2004 y 2018, Correos habría desplegado una estrategia destinada a excluirla del mercado mediante una política de precios anticompetitivos, en forma de descuentos a grandes clientes. Según la antigua firma de servicio postal, estas prácticas constituyeron un abuso de posición dominante directamente causante de su inviabilidad económica.
El procedimiento se incoó ante los juzgados de primera instancia de lo mercantil de Barcelona, especializados en Derecho de la Competencia. Tras un análisis exhaustivo, el magistrado de la plaza 7 sección mercantil desestimó íntegramente la demanda, al considerar que no se había acreditado la conducta exclusionaria ni el nexo causal entre los descuentos de Correos y la insolvencia de la demandante.
La sentencia de octubre de 2024 analizó la normativa aplicable —la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y la jurisprudencia comunitaria— y concluyó que Correos, aun siendo el operador dominante, no había infringido el artículo 2 LDC. La mera existencia de precios bajos o descuentos por volumen, según el fallo, no bastaba para configurar un abuso si no se probaba un efecto exclusionario real y un sacrificio económico deliberado.
La Audiencia de Barcelona respalda la exigencia de prueba rigurosa del abuso de posición dominante: los descuentos comerciales, sin acreditación de exclusión efectiva, no configuran una infracción per se.
El fallo detallado
La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona compartió plenamente la tesis del juzgado de instancia y declaró que la valoración de la prueba realizada por el magistrado era lógica, razonable y conforme a Derecho. El tribunal de apelación enfatizó que Unipost no había aportado elementos suficientes para acreditar que los descuentos de Correos respondieran a un plan deliberado de eliminación del competidor.
En la resolución —cuyo texto íntegro aún no obra en el CENDOJ— se subraya que, durante el periodo objeto de litigio, Correos actuó en un mercado liberalizado y que su política de precios respondía a parámetros de eficiencia. La Audiencia Provincial de Barcelona rechazó igualmente la alegación de que los descuentos a grandes clientes constituyeran precios predatorios, al no constatar que se situaran por debajo de los costes variables medios ni que impidieran la permanencia de un competidor igualmente eficiente.
La Doctrina del Tribunal
La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona consolida una línea jurisprudencial clave en Derecho de la Competencia: el abuso de posición dominante no se presume por la sola diferencia de cuotas de mercado o por la aplicación de políticas de descuentos, sino que exige una prueba concluyente de los efectos exclusionarios y de la ausencia de justificación objetiva. Esta doctrina se alinea con el criterio del Tribunal Supremo expuesto en sentencias como la STS 145/2020 y con la práctica del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Desde una perspectiva práctica, la resolución recuerda a las partes litigantes que deben delimitar con precisión el mercado relevante, identificar el abuso concreto y cuantificar el daño causado. La mera invocación de pérdidas contables o de la quiebra empresarial no sustituye la exigencia de un análisis económico riguroso. El fallo reafirma además la importancia de los principios de libre competencia y eficiencia empresarial como ejes de la legislación de defensa de la competencia.
Esta decisión tendrá un impacto inmediato en los pocos litigios similares pendientes en la jurisdicción mercantil española. Para los abogados especializados, la confirmación de que los descuentos por volumen raramente constituyen un abuso per se supone un refuerzo de la carga de la prueba sobre los demandantes. Por otro lado, otorga al operador histórico postal una mayor previsibilidad regulatoria frente a futuras reclamaciones.
FICHA DEL CASO
- El caso: Unipost demandó a Correos por presunto abuso de posición dominante en el sector postal (2004-2018), alegando que los descuentos a grandes clientes provocaron su quiebra.
- Datos importantes: Artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y artículo 102 del TFUE. La sentencia de instancia (octubre 2024) fue desestimatoria; la Audiencia la confirma. No se ha impuesto sanción ni indemnización alguna.
- Fecha de los juicios: La vista oral se celebró en 2024; la sentencia del Juzgado de lo Mercantil data de octubre de 2024; la resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona fue notificada en el primer semestre de 2026.
- Personas acusadas y por qué: No aplica al tratarse de un procedimiento civil por abuso de posición dominante.
