La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia confirma el recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social de un trabajador accidentado en una obra.
La resolución ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Cartagena, que ya apreció responsabilidad empresarial por incumplimiento de las medidas de seguridad exigibles en la obra. Así lo ha comunicado la Oficina de Comunicación del TSJ de la Región de Murcia.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala de lo Social del TSJ de la Región de Murcia confirma el recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social.
- ¿Qué base jurídica aplica? Responsabilidad empresarial por incumplimiento de medidas de seguridad; recargo regulado en el artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social.
- ¿Qué impacto tiene? El trabajador mantiene el incremento del 30% y la empresa constructora responde por el déficit de protección en la escalera de obra.
Antecedentes y hechos probados
El accidente se produjo al finalizar la jornada laboral. El trabajador descendía una escalera de obra transportando un capazo de herramientas, perdió el equilibrio y cayó por un hueco existente entre los peldaños y la tabiquería.
La resolución declara probado que en ese punto de la escalera existía un vacío de 52 centímetros de altura. No había barandilla, ni elementos materiales entre la escalera y el hueco, ni señalización de advertencia. La ausencia de estos elementos convierte el descenso en una operación con riesgo de caída a distinto nivel.
El Juzgado de lo Social n.º 2 de Cartagena impuso el recargo del 30% sobre las prestaciones derivadas del accidente. La empresa recurrió en suplicación al considerar que no concurría el incumplimiento de medidas de seguridad exigible para activar la responsabilidad empresarial.
El fallo de la Sala de lo Social
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia desestima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa y confirma la sentencia de instancia.
La Sala de lo Social mantiene el recargo del 30% por el nexo causal entre el déficit de protección de la escalera y la caída.
El fallo mantiene el recargo del 30% sobre las prestaciones derivadas del accidente. El órgano judicial considera acreditado el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y su relación causal con la caída. La nota de prensa no incluye el número de sentencia ni la fecha exacta de dictado, por lo que ambos datos permanecen pendientes de su publicación en el CENDOJ.
La Doctrina del Tribunal
La doctrina que se desprende del fallo se inserta en el marco del artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social. Este precepto impone a las empresas la obligación de incrementar todas las prestaciones económicas derivadas de un accidente de trabajo cuando este se produzca por falta de medidas de seguridad e higiene. El recargo puede oscilar entre el 30% y el 50% según la gravedad de la infracción, y su imposición exige tres elementos: un accidente laboral, un incumplimiento imputable al empresario y una relación causal entre ambos.
En este caso, el TSJ de Murcia confirma que la ausencia de barandilla o elemento de cierre entre la escalera y el hueco de 52 centímetros constituye un déficit objetivo de protección. La base jurídica se completa con la normativa preventiva y con los derechos del trabajador a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo (artículo 4.2.d del Estatuto de los Trabajadores y artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores).
La responsabilidad por recargo no desaparece por el hecho de que el siniestro se produzca al finalizar la jornada: la escalera formaba parte del entorno de trabajo y su uso era necesario para la salida. La proyección práctica del fallo es directa para las reclamaciones de responsabilidad empresarial por accidentes en obras con vacíos o huecos sin protección. Contra la sentencia de suplicación cabe, en su caso, recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
FICHA DEL CASO
- El caso: Recurso de suplicación contra la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Cartagena que impuso el recargo del 30% sobre las prestaciones de Seguridad Social de un trabajador accidentado al caer por un hueco en una escalera de obra.
- Datos importantes: Hueco de 52 centímetros sin barandilla ni señalización; recargo del 30%; confirmación íntegra de la sentencia de instancia.
- Fecha de los juicios: La fecha de la sentencia del TSJ no se detalla en la nota de prensa del CGPJ. La fuente oficial es la Oficina de Comunicación del TSJ de la Región de Murcia.
- Personas acusadas y por qué: Empresa constructora responsable de la obra; no se identifican personas físicas. N/A en el ámbito penal.

