La magistrada de la plaza 2 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santiago ha informado favorablemente a la petición de indulto total de la pena de prisión del maquinista del tren Alvia, condenado a dos años y seis meses como autor de 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave. Así lo ha comunicado el CGPJ.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santiago informa a favor del indulto total y, de forma subsidiaria, del indulto parcial de la pena que excede de dos años.
- ¿Qué base jurídica aplica? Derecho de gracia regulado en la Ley de 18 de junio de 1870; la reducción a dos años permitiría la suspensión condicional de la ejecución conforme al Código Penal.
- ¿Qué impacto tiene? El informe no vincula al Consejo de Ministros, pero influye en la tramitación del indulto y en la eventual suspensión de la condena.
Antecedentes del procedimiento penal
El descarrilamiento del tren Alvia se produjo el 24 de julio de 2013 en la curva de Angrois. El accidente provocó 79 fallecidos y 143 lesionados. La causa penal derivó en la condena del maquinista como autor de 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones, todos ellos por imprudencia grave.
La petición de indulto se ha tramitado ante la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santiago de Compostela, que es el órgano encargado de emitir el informe preceptivo en el expediente de derecho de gracia. La concesión o denegación del indulto corresponde al Consejo de Ministros.
La magistrada destaca en su informe que el condenado carece de antecedentes penales. Este dato se incorpora como elemento favorable dentro de la valoración del derecho de gracia, si bien la decisión final sigue correspondiendo al Gobierno.
El informe de la jueza y la petición subsidiaria
La titular de la plaza 2 de la Sección Penal informa favorablemente al indulto total de la pena de prisión. Con carácter subsidiario, también respalda el indulto de la parte de la pena que excede de dos años, lo que reduciría la condena a dos años y permitiría solicitar la suspensión condicional de la ejecución.
La reducción a dos años no es un dato menor: el umbral de los dos años es determinante para acceder a la suspensión de la pena regulada en el artículo 80 del Código Penal. Con la pena íntegra de dos años y seis meses la suspensión condicional ordinaria resulta inviable; con la reducción a dos años, el tribunal podría valorar la suspensión de la ejecución.
El informe favorable de la magistrada refuerza la posibilidad del indulto, pero no sustituye la decisión del Consejo de Ministros ni la valoración del tribunal sobre la suspensión condicional.
El expediente de indulto continuará su tramitación ante el Ministerio de Justicia y, en su caso, ante el Consejo de Ministros. La concesión del indulto total extinguiría la pena de prisión; la concesión parcial mantendría la condena reducida y abriría la puerta a la suspensión condicional.
La Doctrina del Tribunal
El informe de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Santiago se enmarca dentro del procedimiento de derecho de gracia regulado en la Ley de 18 de junio de 1870. En este trámite, el tribunal sentenciador no concede el indulto, sino que emite un informe preceptivo sobre la conveniencia de la medida, atendiendo a la naturaleza del delito, la pena impuesta y las circunstancias personales del condenado.
En este expediente, la magistrada ha valorado la inexistencia de antecedentes penales del condenado, así como la concurrencia de un delito de imprudencia grave con una pluralidad de víctimas. La petición subsidiaria de indulto parcial a dos años tiene una finalidad procesal clara: permitir el acceso a la suspensión condicional de la pena, que el Código Penal reserva, como regla general, a condenas no superiores a dos años.
La doctrina del tribunal en este informe no crea jurisprudencia, pero fija un criterio interpretativo para el expediente: la gravedad del resultado no excluye automáticamente el derecho de gracia, especialmente cuando existen factores favorables como la ausencia de reincidencia. El informe tampoco vincula al Consejo de Ministros, que puede separarse del criterio del tribunal. No consta por el momento fecha para la decisión definitiva del Gobierno.
FICHA DEL CASO
- El caso: Indulto solicitado por el maquinista del tren Alvia, condenado por 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave en el descarrilamiento de Angrois ocurrido el 24 de julio de 2013.
- Datos importantes: El informe favorable versa sobre indulto total y, subsidiariamente, sobre indulto parcial a dos años; la condena es de dos años y seis meses de prisión; el maquinista carece de antecedentes penales.
- Fecha de los juicios: La fecha de la vista oral y de la sentencia condenatoria no se detalla en la fuente oficial consultada; el informe judicial se comunica en 2026.
- Personas acusadas y por qué: El maquinista del tren Alvia, condenado como autor de 79 delitos de homicidio y 143 delitos de lesiones por imprudencia grave, solicita el indulto de su pena de prisión.

