Firmar un alquiler hoy en España: los 6 abusos de los propietarios que estás aceptando por pura desesperación

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Tres meses de fianza y aval bancario: la entrada de tu vivienda se convierte en un producto financiero

Una persona contando billetes de pesos argentinos, mostrando la moneda nacional.

En teoría, la Ley de Arrendamientos Urbanos acota el desembolso inicial: un mes de fianza en metálico, obligatoria, y hasta dos mensualidades más como garantía adicional pactada, lo que deja el tope legal en tres rentas antes de sumar el mes en curso. La práctica recorre ese límite y lo desborda por la puerta de atrás: lo que se presenta como «tres meses de fianza» esconde la trampa de cobrar como depósito lo que la norma solo admite como garantía, y encima se apila el aval bancario, que no exige liquidez puntual, sino inmovilización permanente. Para emitirlo, el banco estudia al inquilino como si pidiera un préstamo —nóminas, historial, estabilidad laboral— y le obliga a pignorar entre tres y seis mensualidades de renta en una cuenta bloqueada durante toda la vigencia del contrato, además de comisiones de estudio, apertura y riesgo que rondan el 0,5% y el 2% del importe avalado. Con una renta de 1.000 euros, eso son hasta 6.000 congelados que no se recuperan hasta levantar el aval: sumados a fianza, garantía y primer mes, entrar a un piso exige una liquidez que recuerda sospechosamente a la de una hipoteca.

El abuso no se queda en el banco: cuando el inquilino no puede bloquear ese dinero, la propia estructura del aval se convierte en un producto financiero que alguien tiene que pagar. Facua denunció en noviembre de 2024 a la inmobiliaria Arrendamiento10 por exigir avales de hasta 18 meses de renta, nueve veces por encima del tope legal de dos mensualidades de garantía, y por ofrecer a quien no pudiera afrontarlos una especie de «aval personal y solidario» cuyos gastos de estudio y formalización asumía el arrendatario. Quien no dispone de ahorros para pignorar recurre a un familiar que responda con su patrimonio, de modo que el acceso a la vivienda acaba dependiendo de la solvencia ajena y de decisiones de riesgo que nada tienen que ver con el contrato. La gravedad es tal que las propias administraciones reconocen el problema: el sistema público de avales anunciado en el real decreto-ley 1/2025 sigue sin desarrollarse, y el Gobierno vasco prepara una línea para avalar parte de la fianza a inquilinos de hasta 40 años porque ese desembolso inicial es, literalmente, una de las principales barreras de entrada al mercado.