Cómo reclamar paso a paso la multa si fuiste víctima del error de cálculo de los radares en la A-6

Si te multaron en la A-6 por pisar la línea continua del carril BUS-VAO, una sentencia reciente cuestiona cómo la DGT prueba la infracción. Te contamos paso a paso cómo reclamar y qué plazos tienes.

Si has recibido una multa de 200 euros por cruzar la línea continua en la A-6, hay una noticia que te interesa. Un tribunal de Madrid acaba de anular una sanción idéntica al considerar que las fotografías del radar no demuestran el momento exacto de la infracción.

La sentencia, ya firme, afecta directamente a los conductores que circulan por el kilómetro 20,2 de la A-6, sentido Madrid, donde uno de los nuevos radares de línea continua vigila el acceso al carril BUS-VAO. Si te ha pasado lo mismo, todavía estás a tiempo de recurrir, y aquí te explicamos cómo hacerlo sin perderte en tecnicismos.

Qué ha pasado exactamente en la A-6

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Un conductor fue sancionado el 28 de enero de 2025 por, supuestamente, no respetar la línea continua antes de incorporarse al carril BUS-VAO en la A-6. El sistema de vigilancia toma dos fotografías: una del vehículo circulando con la línea a su derecha y otra unos metros más adelante, ya en el carril reservado.

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El problema es que ese sistema deduce el cruce, pero no lo capta. Si el coche no aparece en el carril BUS-VAO en la primera imagen y sí en la segunda, el radar concluye automáticamente que ha pisado la línea, aunque ningún fotograma muestre el instante real del movimiento.

Por qué el tribunal ha dado la razón al conductor

En este caso, la A-6 es uno de los cuatro puntos de Madrid donde la DGT ha instalado estos radares de línea continua, pensados para frenar a quienes se saltan la cola de acceso a los carriles reservados. La jueza fue clara: «no se aprecia el momento exacto» en el que el vehículo habría pasado por encima de la marca vial, y eso basta para anular la sanción.

La Abogacía del Estado defendió que el coche «tuvo que rebasar la línea, salvo que tenga la capacidad de volar». El argumento no convenció a la magistrada, que recordó que la presunción de inocencia obliga a la Administración a demostrar los hechos con pruebas concluyentes, no con deducciones lógicas por muy razonables que parezcan.

Qué significa esto si te han multado a ti

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La sentencia es firme y no admite recurso, según ha precisado la propia magistrada. Eso la convierte en un precedente judicial que cualquier conductor sancionado por estos radares puede citar en sus propias alegaciones, tal como ha señalado la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA), impulsora del recurso original.

Lo importante es entender que no basta con que la DGT diga que cruzaste la línea: tiene que demostrarlo con una prueba gráfica del instante exacto. Si tu expediente solo incluye las dos fotos habituales, sin una imagen que capture el cruce en sí, tienes un argumento sólido para pedir la anulación.

Cómo reclamar tu multa paso a paso

Si crees que tu sanción entra en este supuesto, el proceso no es complicado, pero hay plazos que no puedes saltarte. Lo primero es revisar la fecha de notificación, porque a partir de ahí empieza a correr el reloj legal.

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Ten en cuenta estos puntos antes de presentar tu recurso:

  • Plazo de 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones o recurso.
  • No pagues con reducción del 50% si piensas recurrir, porque acogerte al pronto pago implica renunciar a tu derecho de defensa.
  • Solicita el expediente completo, incluidas todas las fotografías que la DGT haya utilizado como prueba.
  • Cita expresamente la falta de imagen del instante del cruce como motivo de tu alegación, apoyándote en este precedente.

Qué hacer si ya pagaste la multa

Si ya abonaste la sanción sin saber que existía este resquicio legal, no todo está perdido, aunque el margen se estrecha. El pago voluntario con reducción suele interpretarse como un reconocimiento tácito de la infracción, lo que complica una reclamación posterior.

Aun así, hay antecedentes de la propia DGT anulando de oficio multas de radares defectuosos y devolviendo el dinero, incluso a quienes ya habían pagado con descuento. Si tu caso es reciente y puedes acreditar que el radar no aportaba prueba suficiente, merece la pena consultar con un especialista antes de dar el caso por cerrado.

Lo que viene: más radares, pero también más control judicial

La tendencia apunta a que la DGT seguirá ampliando este tipo de vigilancia automatizada, porque reduce costes de personal y multiplica la capacidad de control en accesos conflictivos. Es previsible que veamos más radares de línea continua en otras ciudades españolas en los próximos meses.

La buena noticia es que los tribunales están marcando límites claros a la tecnología sancionadora: no vale con deducir una infracción, hay que probarla. Si te multan en circunstancias similares, no asumas que no hay nada que hacer. Cada vez hay más base jurídica para defenderte, y conocerla es la mejor herramienta que tienes como conductor.