4La norma que lo permite: la ley que obliga a tener zonas de bajas emisiones a los municipios de más de 50.000 habitantes
Todo parte de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética. Su artículo 14.3 obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes y a los territorios insulares a adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que incluyan, al menos, el establecimiento de zonas de bajas emisiones. El Real Decreto 1052/2022, aprobado en diciembre de ese año, concretó después los requisitos mínimos de esas áreas: extensión suficiente para ser eficaces, objetivos medibles de reducción de emisiones y de mejora de la calidad del aire alineados con las directrices de la OMS, señalización y control de accesos. La obligación alcanza ya a 153 municipios, según el Ministerio para la Transición Ecológica, y el INE estima que en ellos reside el 53,4% de la población española.
Esa norma es la que ha convertido la etiqueta B en un quebradero de cabeza para miles de conductores. Las ZBE restringen el acceso según el distintivo ambiental de la DGT: en una primera fase se veta a los vehículos sin etiqueta, pero varias ciudades ya han endurecido sus ordenanzas. Bilbao, por ejemplo, prohibió la entrada a los coches con etiqueta B desde el 15 de junio de 2025, y otras prevén seguir el mismo camino hacia 2030. Como la mayoría de los ayuntamientos incumplió el plazo fijado, el Gobierno prepara un real decreto más exigente, impulsado por Transición Ecológica e Interior, que obligará a tener un régimen sancionador activo —sin periodos de aviso—, control de accesos e integración con la DGT para que ninguna ZBE quede en papel mojado.

