El TSJCV anula el reglamento lingüístico de la Universitat de València que excluía el castellano en las comunicaciones internas

La Sección Especial estima en parte el recurso de varios catedráticos, revoca el aval de la Sección Segunda y descarta la cláusula de salvaguarda de la UV. Cuatro magistrados firman el fallo y uno emite un voto particular que pedía dar un plazo a la institución.

El TSJ Comunitat Valenciana anula el reglamento de la Universitat de València que vetaba el castellano en las comunicaciones internas.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? La Sección Especial de la Sala de lo Contencioso anula el inciso que la UV añadió en junio de 2023 al artículo 10 de su Reglamento de Usos Lingüísticos para imponer el valenciano exclusivo en las comunicaciones al personal. La sentencia, notificada el 29 de octubre, es firme.
  • ¿Quién está detrás? Cuatro magistrados frente a un voto particular. El fallo estima en parte el recurso de casación de varios catedráticos.
  • ¿Qué impacto tiene? El personal podrá recibir esas comunicaciones en la lengua cooficial que elija. Estudiantes y ciudadanos quedan fuera del alcance del fallo.

Qué anula la sentencia y hasta dónde llega

La Sección Especial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ Comunitat Valenciana (el máximo órgano judicial valenciano por debajo del Tribunal Supremo) ha estimado en parte el recurso de casación autonómica de varios catedráticos y ha tumbado el inciso que la Universitat de València incorporó en junio de 2023 al artículo 10 de su Reglamento de Usos Lingüísticos, aprobado en 2014. Aquel añadido ordenaba que las comunicaciones y documentos internos se dirigieran al personal «exclusivamente redactados en valenciano». La Sala habla sin rodeos de «supremacía» de una lengua oficial sobre la otra.

El fallo revoca la sentencia que la Sección Segunda del propio tribunal había dictado a favor de la UV y confirma la que en primera instancia emitió el entonces Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia. Notificada el jueves 29 de octubre, la resolución es firme y fija criterio para casos futuros.

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«Tal texto, en la redacción dada, no respeta el principio de cooficialidad y de libertad de opción lingüística entre la lengua oficial del Estado y la propia de nuestra Comunidad Autónoma», sostiene la Sala. Castellano y valenciano son cooficiales; el reglamento, dicen los magistrados, daba «preferencia» a uno «en detrimento» del otro. El deber estatutario no les basta como coartada: la institución se escudó durante el proceso en que su personal conoce la lengua propia del campus.

La sentencia carga además contra lo que llama «sacralización de la preeminencia» del valenciano. Recuerda que la resolución administrativa «no respeta la doctrina sentada» por el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y la Sección Cuarta del propio TSJ sobre la prohibición de cualquier «cortapisa» al uso de la lengua oficial del Estado. Y descarta la cláusula de salvaguarda que la UV añadió al reglamento, la del «sin perjuicio del respeto a los derechos lingüísticos»: «carece de fuste» para restaurar el equilibrio.

El voto particular y el límite del fallo

Universitat de València

La decisión no es unánime. Uno de los cinco magistrados firma un voto particular: prefería revocar solo en parte y dar a la UV un plazo para adaptar su normativa, con el derecho del personal a recibir en castellano las respuestas a sus escritos y la traducción de los documentos cuando lo pidiera. La mayoría concluye que no cabe otra salida que la anulación, porque el acuerdo académico es «una resolución contraria a las normas de derecho autonómico que sancionan el uso paritario de las lenguas cooficiales».

El valenciano es cooficial, no exclusivo: proteger una lengua no autoriza a silenciar la otra.

Hay un límite claro. El tribunal no acoge la petición de los recurrentes sobre estudiantes y ciudadanos que se relacionan con la UV, que reclamaban recibir en castellano o en versión bilingüe la documentación de la institución. Ese extremo «excede del círculo de los afectados por el acuerdo que se anula». El derecho reconocido es del personal, no del conjunto de la comunidad universitaria.

A partir de aquí, la pelota vuelve al campus. La UV tendrá que decidir si adapta el artículo 10 a lo que dice el fallo o si mantiene la redacción anulada, con el coste jurídico que eso implica. El reglamento sigue vigente en todo lo demás: la anulación afecta al inciso de 2023, no al modelo lingüístico diseñado en 2014.

El Escenario Valenciano

La sentencia aterriza en una Comunitat Valenciana donde el debate sobre los usos lingüísticos en las administraciones nunca se ha cerrado del todo. El Consell de Juanfran Pérez Llorca, sostenido por PP y Vox, y la oposición de PSPV y Compromís miden cada decisión en este terreno, y también lo hacen los ayuntamientos y la función pública. El fallo no obliga al Consell a nada, pero le añade jurisprudencia a un conflicto que se dirime tanto en las Corts Valencianes como en los juzgados.

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La lectura nacional existe. La doctrina sobre la libertad de opción lingüística que invoca el tribunal afecta a todas las administraciones españolas con dos idiomas oficiales, y el marco viene de lejos: el valenciano es cooficial desde el Estatuto de 1982 y la ley que regula su uso y enseñanza se remonta a 1983. Lo que el TSJ Comunitat Valenciana fija ahora es un criterio de aplicación: la cooficialidad no admite jerarquías impuestas por reglamento.

Queda el calendario. La sentencia es firme, de modo que el margen de la UV es estrecho y la revisión interna de su normativa se antoja inevitable en los próximos meses, en pleno curso académico. Si la institución calla, el artículo 10 seguirá en los papeles con un inciso anulado. Si acude al Constitucional, el debate volverá a empezar donde terminó.

Ficha del Caso

  • El caso: el TSJ Comunitat Valenciana anula el inciso de junio de 2023 que imponía el valenciano exclusivo en las comunicaciones internas de la Universitat de València.
  • Datos importantes: artículo 10 del Reglamento de Usos Lingüísticos de la UV (2014, modificado en 2023); cuatro votos frente a uno; sentencia firme notificada el 29 de octubre de 2026.
  • Resumen: el personal de la UV podrá recibir las comunicaciones internas en castellano o en valenciano; estudiantes y ciudadanos quedan fuera del alcance del fallo.