El error con tu abrigo de invierno al volante que le dará a la DGT la excusa perfecta para multarte con 200 euros en los próximos días.

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Qué artículo se aplica y de dónde sale la cifra de 200 euros

20 euro bill on white and blue textile

No hay ninguna norma que prohíba conducir con el abrigo puesto, y por eso las multas por este motivo no se apoyan en una tipificación específica de «ropa voluminosa», sino en el deber genérico de conducir en condiciones. El precepto que se aplica es el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003), que obliga al conductor a mantener su libertad de movimientos, el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción. Se complementa con el artículo 17.1, que exige estar en condiciones de controlar el vehículo en todo momento, y con el 3.1, que impone circular con diligencia y precaución. En la práctica, el margen es interpretativo: si el agente considera que el chaquetón impide girar el volante con soltura, limita la visión lateral o impide que el cinturón apoye sobre clavícula y cadera, levanta acta. Y ahí entra en juego el segundo escenario, el más habitual y el que sostiene la cifra de 200 euros.

Ese importe no nace de un cálculo sobre abrigos, sino de la escala sancionadora. El artículo 80 de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015) tasa las infracciones leves en hasta 100 euros, las graves en 200 y las muy graves en 500. Las dos vías que llevan a los 200 euros son las graves del artículo 76: si la prenda impide que el cinturón quede correctamente abrochado sobre el cuerpo, se aplica el artículo 117.1 del Reglamento en relación con el 76.h, lo que supone 200 euros y cuatro puntos del carné; si se aprecia conducción negligente por la pérdida de control o de reflejos, se acude al 76.n, con 200 euros pero sin detracción de puntos. Con pronto pago en los 20 días siguientes, la sanción se reduce a la mitad, 100 euros. Conviene desconfiar de las cifras de 80 euros que circulan en algunas informaciones: no encajan en la escala vigente, donde ninguna infracción grave baja de 200.

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