La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha abierto causa penal al diputado de Unidas Podemos y secretario de organización del partido morado Alberto Rodríguez Rodríguez al considerar que existen indicios de que pudo cometer delitos de atentado contra la autoridad y lesiones. La Sala ha designado instructor al magistrado Antonio del Moral.
El juzgado de Instrucción nº 4 de San Cristóbal de La Laguna (Tenerife) remitió en diciembre de 2019 al Tribunal Supremo testimonio del procedimiento abreviado seguido, entre otros, contra el diputado de Unidas Podemos en virtud de un atestado instruido por la Policía de la Comisaría de La Laguna, por la comisión de un presunto delito de atentado contra agentes de la autoridad y lesiones.
Sobre estos hechos, el Ministerio fiscal había presentado escrito de acusación solicitando la imposición de una pena de un año de prisión por el delito y un mes de multa.
El juzgado de instrucción canario ya había acordado la apertura del juicio oral contra él, pero al acreditar su condición de Diputado al Congreso, acordó la nulidad parcial de dicho auto en lo que se refería al aforado.
Lo hechos a investigar, según la Fiscalía, se remontan a 2014, cuando Rodríguez participaba en una protesta contra la LOMCE organizada coincidiendo con la visita a La Laguna (Tenerife) del entonces ministro de Educación del Gobierno del PP, José Ignacio Wert, que iba a participar en la inauguración de la catedral.
Según los atestados la manifestación derivó en insultos a los agentes desplegados para proteger a las autoridades y lanzamiento de vallas y todo tipo de objetos, por lo que algunos agentes resultaron agredidos. Rodríguez se encontraría en un grupo de personas que habrían participado en agresiones, como ‘pancartazos’ y puñetazos, y su participación exacta en estos delitos deberá ser aclarada ahora por el Supremo.
Respecto a este mismo diputado, el Tribunal Supremo abrió una causa en 2017 por un delito de desorden público en relación con unos hechos ocurridos en la Laguna el 25 de diciembre de 2006 y, posteriormente, declaró extinguida su responsabilidad penal al considerar que había prescrito el delito por el que se le había investigado.