viernes, 13 diciembre 2024

La Comunidad de Madrid restringe la movilidad a más de un millón de personas

El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, ha anunciado este viernes que a partir de este lunes la Comunidad aplicará restricciones a la movilidad en un total de 41 zonas básicas de salud y 14 localidades.

En concreto, a las 18 zonas y 5 localidades con restricciones actualmente, se sumarán 23 nuevas zonas y 9 localidades, ha avanzado Escudero en la rueda de prensa semanal sobre la situación epidemiológica y asistencial por el coronavirus.

Las restricciones afectarán así a más de 1,2 millones de madrileños, es decir, el 18,3 por ciento de la población, donde se concentran el 25 por ciento de los casos.

En Madrid capital, se incorporan las ZBS de Barajas y Alameda de Osuna, por lo el distrito de Barajas queda perimetrado en su totalidad.

También se establecen restricciones en los distritos de Hortaleza (ZBS de Benita de Ávila y Silvano); Fuencarral-El Pardo (Mirasierra y Las Tablas); Ciudad Lineal (Jazmín); Salamanca (Montesa, General Oráa y Baviera); y San Blas-Canillejas (Alpes y Rejas).

Asimismo, se decretan nuevas restricciones en zonas básicas de salud de Alcobendas (Miraflores y Valdelafuentes) y San Sebastián de los Reyes (Rosa de Luxemburgo); sumadas a las que ya tenían limitaciones, ambos municipios tendrán a partir del lunes y hasta el 25 de enero restricciones de movilidad en la totalidad de sus respectivos términos municipales. Por tanto, los vecinos podrán desplazarse en el interior de sus localidades, pero no podrán entrar y salir sin causa justificada.

Respecto a otras localidades, la nueva Orden de la Consejería de Sanidad incluirá a las ZBS de Francia, Cuzco, Panaderas y Castilla la Nueva (Fuenlabrada); Presentación Sabio, Dos de Mayo y El Soto (Móstoles); y Rivas La Paz (Rivas-Vaciamadrid).

Además, quedará restringida la entrada y salida en nueve localidades que no coinciden con una zona básica, por estar más localizados los focos de transmisión: Arroyomolinos, Talamanca del Jarama, Valdeolmos-Alapardo, Collado Mediano, Becerril de la Sierra, Cadalso de los Vidrios, Campo Real, Titulcia y Velilla de San Antonio.

La directora general de Salud Pública, Elena Andradas, ha detallado que las nuevas restricciones se aplicarán a partir del lunes y durante 14 días, mientras que el resto de las restricciones se prorrogarán por un periodo de 7 días.

Las 23 zonas y 9 municipios incorporados a las áreas con restricciones superan el umbral de los 400 casos por 100.000 habitantes establecido por Salud Pública.

AUMENTO DE CASOS

Escudero ha señalado que se ha producido un aumento de casos, como reflejan los datos de la última semana, del 28 de diciembre al 3 de enero, cuando se contabilizaron 14.822 casos frente a los 11.214 de la semana anterior y los 12.775 de hace dos semanas.

«Es un dato que nos mantiene alerta, como siempre, sin bajar la guardia en un solo momento, sobre todo cuando la cifra de contagios crece y sabemos que seguirá así durante las próximas semanas», ha reconocido Escudero, quien ha cifrado la incidencia acumula a 14 días en 452 casos por cada 100.000 habitantes, y ha recordado que en el pico máximo de la segunda ola, a finales de septiembre, alcanzó los 813 casos.

«Es verdad que la evolución del virus en Madrid, como en el resto de las comunidades autónomas y en el resto de países de nuestro entorno, se ha visto afectada por los días festivos y las celebraciones propias de la Navidad, tal y como preveíamos», ha apostillado.

Escudero y Andradas han defendido la eficacia de la estrategia por zonas básicas de salud, pero han insisto en la necesidad de colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para señalizar el perímetro de las zonas afectadas.

Andradas ha defendido que con este modelo se ha conseguido disminuir la incidencia acumulada y la transmisión de la infección en las zonas restringidas «de una manera absolutamente significativa», como se demostró en octubre.

En cuanto a la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Escudero ha manifestado que perciben más colaboración por parte de la Policía Municipal de Madrid que por parte de la Delegación de Gobierno.

«Solo hemos visto colaboración extra de la Delegación del Gobierno cuando fue aquel estado de alarma impuesto de manera absolutamente indecente por parte del Gobierno de España en el puente del 12 de octubre, que fue la única ocasión que vimos que la Delegación de Gobierno actuó como debería haber actuado durante todo este tiempo», ha afirmado.

Por ello, ha agregado que espera que la Delegación del Gobierno «actúe» y «esté a la altura de las circunstancias», para lo que va a solicitar de nuevo y formalmente a la Delegación de Gobierno que garantice presencia policial y que, también, colabore activamente en el seguimiento y control del cumplimiento de las limitaciones a través de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

RESTRICCIONES

Por norma general, los grandes núcleos comerciales en zonas básicas afectadas quedan excluidos de las limitaciones. En toda la Comunidad de Madrid, los aforos de lugares de interior están al 50 por ciento y sin servicio en barra en la hostelería en toda la región.

Las excepciones contempladas a la norma general del 50 por ciento de aforo establecen: 75 por ciento de aforo en teatros, cines y otras instalaciones culturales, terrazas al aire libre, establecimientos comerciales, así como los centros de formación no reglada, también al 75 por ciento; y un 40 por ciento en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center).

En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad de Madrid, se ha establecido, además, la limitación de movimiento entre las 00.00 horas y las 06.00 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria.

Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no pueden iniciar la actividad antes de las 06.00 horas y deben cerrar a las 22.00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales en los que haya cines, restauración u ocio pueden cerrar a las 00.00 horas.