El 9 de abril, primer día del juicio por el Caso Mascarillas, se leyó en voz alta las declaraciones testificales enviadas por Francina Armengol y Ángel Víctor Torres. Entre todo lo que decía Armengol constaba lo siguiente: «(…) no descarto que entre esas personas pudiese encontrarse el Sr. García. De hecho, con posterioridad, pude saber, como consecuencia de publicaciones del sumario en medios de comunicación, que, al parecer, me envió algún mensaje a través de la aplicación WhatsApp. No lo recuerdo, ni tengo constancia alguna de ellos. Ahora bien, lo que puedo decir con absoluta seguridad es que, lo habría remitidos inmediatamente al órgano o departamento responsable de la contratación. No albergo duda alguna sobre ese particular, porque fue lo que hice siempre, sin excepción alguna» y terminaba con «confirmo, pues, que nunca he hablado con el Sr. García ni con ninguna otra persona sobre expedientes de compra con empresa alguna”.
Ahora las acusaciones populares en la causa, representadas por el abogado Alberto Durán, del Partido Popular (PP), ha presentado un escrito ante la misma Sala donde refiere: «En relación con lo manifestado por la referida testigo, y a los efectos de que ese Excmo. Tribunal pueda valorar la credibilidad del testimonio prestado, interesa al Derecho de esta parte aportar, ex artículo 729.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Informe elaborado por la Unidad Central Operativa de Delincuencia Económica de la Guardia Civil, fechado el 15 de abril de 2026, relativo al análisis de las contrataciones formalizadas por la Comunidad Autónoma de Baleares (adjunto a este escrito, junto con sus anexos, como DOCUMENTO número 1)».
Se refieren las acusaciones al último informe de la UCO sobre la compra de mascarillas en Baleares y el papel de Armengol en la misma con las conversaciones mantenidas con Koldo García.
Añade el abogado que «dicho Informe ha sido recientemente incorporado a las Diligencias Previas 65/2023, tramitadas ante la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia. Plaza nº 2, por medio Providencia de fecha 16 de abril de 2026; y que el mismo se aporta por esta parte a esta causa por ser un documento novedoso que pone de manifiesto la verdadera naturaleza de la relación y conversaciones mantenidas por la Sra. Armengol con uno de los acusados en estos autos (el Sr. García Izaguirre) en el periodo de tiempo que motivó su citación como testigo».
Además, argumenta Duran, que «no quiere esta parte dejar pasar la oportunidad de recordar que esa Ilma. Sala ya admitió la incorporación de otro Informe elaborado por la Unidad Central Operativa de Delincuencia Económica de la Guardia Civil, de fecha 26 de febrero de 2026, que evidenciaba la verdadera relación entre otra de las testigos que ha prestado declaración en estos autos, la Sra. Pardo de Vera, y el Sr. Ábalos Meco. Concretamente dicho Informe fue aportado por la representación del Sr. Ábalos Meco por medio de escrito de fecha 2 de marzo de 2026».
Pero el 15 de abril la abogada de Koldo García, «formuló protesta ante esa Excma. Sala en relación con las preguntas formuladas por esta parte a la Sra. Pardo de Vera en relación con dicho informe alegando desconocer si el mismo constaba en autos, por la presente nos permitimos recordar los Acontecimientos en los que obran: El escrito de fecha 2 de marzo de 2026 presentado por la representación del Sr. Ábalos Meco; el informe elaborado por la Unidad Central Operativa de Delincuencia Económica de la Guardia Civil, de fecha 26 de febrero de 2026; y La resolución con la que se acordó su incorporación a autos».
Por todo ello piden que se incorpore ahora ese informe de la UCO a la causa que se sigue en el Tribunal Supremo, que tendrá que tomar una decisión, normalmente escuchando al resto de las partes, Fiscalía incluida.
