El fiscal pide 9 años de cárcel para la «estafadora» de MotoGP

Un fiscal de la Audiencia Provincial de Madrid pide nueve años de cárcel para Ana María Vicente Oset en el juicio que se celebrará en esta Audiencia Provincial el próximo 7 de mayo y siete años para su pareja, Eduardo García Unibaso por estafa. Ana Vicente está denunciada en varias causas relacionadas con estafas por la venta de entradas y paquetes turísticos para acudir a grandes premios de MotoGP.

El escrito fiscal sostiene que «los acusados A. M. V. O., mayor de edad en cuanto nacida en Barcelona 1971, con antecedentes penales, toda vez que fue condenada ejecutoriamente en virtud de Sentencia firme de fecha 16 de enero de 2019, dictada por el Juzgado de lo Penal nº1 de Girona imponiéndole la pena de 6 meses de prisión por la comisión de un delito de estafa, en virtud de Sentencia firme de fecha 27 de febrero de 2019, dictada por el Juzgado de lo Penal nº4 de Huelva imponiéndole la pena de 6 meses de prisión (cumplimiento pendiente) por la comisión de un delito de estafa, así como, por la comisión de un delito de estafa, en virtud de Sentencia firme de fecha 25 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Penal nº2 de Jerez de la Frontera imponiéndole la pena de 1 año y 8 meses de prisión (suspendida por un periodo de 2 años) por la comisión de un delito de estafa, entre otras».

En el caso del otro acusado dice la Fiscalía que «E. G. U., mayor de edad en cuanto nacido en Bizkaia 1962, con antecedentes penales, toda vez que fue condenado ejecutoriamente en virtud de Sentencia firme de fecha 25 de septiembre de 2019, dictada por el Juzgado de lo Penal nº2 de Jerez de la Frontera imponiéndole la pena de 6 meses de prisión por la comisión de un delito de estafa».

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Ambos, añade el escrito, «actuando concertadamente, se encargaban de la gestión de Aupa Travel, empresa cuyo objeto social era el de agencia de viajes minorista y mayorista, siendo administrador único de la mercantil E. G. U. y administradora de facto o dueña de la mercantil A. M. V. O».

Los acusados, actuando de común acuerdo, «hicieron creer en el año 2020 a M. I. SL, M. 2010 S.L., E. C. V., Á. C. V., M. M. A. V. y A. C. C. que Aupa Travel tenía una importante solvencia empresarial facturando miles de euros, que era una agencia de viajes parte de la empresa Globalia (primer grupo turístico de España) o que tenía acuerdos para trabajar con importantes empresas como Dorna Sport S.L. (empresa organizadora de los campeonatos de Moto GP a nivel mundial)».

De esa manera, continúa el fiscal, «ganada la confianza de los perjudicados y a sabiendas de que no tenían intención de cumplir lo acordado, con ánimo de obtener un lucro económico a costa del patrimonio de los mismos, les ofrecieron entrar en la compra de packs de Moto GP con seguro de cancelación para el supuesto de que decidiesen no acudir a los eventos o resultasen cancelados por cualquier motivo. El seguro estaba concertado con AXA Seguros Generales SA de Seguros y Reaseguros. Los perjudicados accedieron a la compra de los packs de Moto GP y viajes, ingresando el precio de los mismos en la cuenta de Aupa Travel SL, según se detalla a continuación.

Pagos por los packs de MotoGP

M.I. S.L. abonó por la compra de packs MotoGP en la cuenta de Aupa Travel las siguientes cantidades: 3/8/20-4.965 euros, 3/8/20- 46.992 euros, 25/8/20- 97.842 euros, 21/9/20- 24.390 euros, 28/9/20- 54.877,50 euros, 5/10/20- 18.292,50 euros, 23/10/20-10.350 euros, 18/11/20-101.587,50 euros. Ascendiendo el total a 400.296,50 euros.

En el caso de M. 2010 abonó por la compra de packs MotoGP en la cuenta de Aupa Travel la siguiente cantidad: 3/9/20- 42.278 euros.

E. C. V. abonó por la compra de packs MotoGP, tanto para sí mismo como para su mujer, P. C., en la cuenta de Aupa Travel las siguientes cantidades: 22/7/20- 27.092 euros, 29/7/20- 27.092 euros, 3/9/20- 20.827 euros, 17/10/20- 1.725 euros, 4/11/20- 3.450 euros. Ascendiendo el total a 80.186 euros.

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Á. C. V. abonó por la compra de packs MotoGP, tanto para sí mismo como para su mujer, F. H.., y su hija, M. C., en la cuenta de Aupa Travel las siguientes cantidades:16/7/20-15.000 euros, 16/7/20-10.000 euros, 20/7/20- 2.207 euros, 22/7/20-10.000 euros, 22/7/20- 15.000 euros, 22/7/20-15.000 euros, 24/7/20-2.092 euros, 24/7/20-763 euros, 3/8/20-19.192 euros. Ascendiendo el total a 89.254 euros. Asimismo, para el pago de entradas VIP ingresó las siguientes cantidades: 21/10/20-1.725 euros, 21/10/20-1725 euros. Ascendiendo el total a 3.450 euros.

M. M. A. V. abonó por la compra de packs MotoGP en la cuenta de Aupa Travel la siguiente cantidad:4/9/20-31.629 euros.

A. C. C. abonó por la compra de packs MotoGP en la cuenta de Aupa Travel la siguiente cantidad: 10/9/20-20.827 euros.

Tras resultar cancelados los campeonatos y viajes, Ana María Vicent, añade la Fiscalía que «simulando el compromiso de abono de las cantidades debidas, indicó a los perjudicados que iba a iniciar las trámites con las aseguradoras para que cobrasen la indemnización por cancelación y recuperasen su dinero, manifestando que tenían que ingresar unas cantidades en la cuenta de Aupa Travel S.L. para los gastos de cancelación, indicándoles que el concepto que tenían que poner era “TIMBRES” o “BANCO DE ESPAÑA”. Los querellantes, convencidos de que era necesario pagar los gastos de cancelación, ingresaron las cantidades solicitadas por A. M. V. O., según se detallan a continuación»:

M.I. S.L. abonó las siguientes cantidades a Aupa Travel S.L. para el pago de gastos de cancelación o timbres: 4/9/21- 300 euros, 4/9/21- 1.500 euros, 5/9/21-1900 euros, 28/10/21-3.275 euros. Ascendiendo el total a 6.975 euros.

M. 2010 S.L. abonó las siguientes cantidades a Aupa Travel S.L. para el pago de gastos de cancelación o timbres: 4/9/21-300 euros, 4/9/21- 1.500 euros, 5/9/21- 1200 euros, 28/10/21-3.775 euros. Ascendiendo el total a 6.775 euros.

E. C. V. abonó las siguientes cantidades a Aupa Travel para el pago de gastos de cancelación o timbres, para sí mimo, su mujer, para Á. C. y su mujer, para M. A. y para A. C.: 4/9/21-300 euros, 4/9/21-300 euros, 4/9/21-300 euros, 4/9/21-300 euros, 28/10721-175 euros, 28/10/21-175 euros, 28/10/21-175 euros, 28/10/21-175 euros, 28/10 /21-175 euros, 28/10/21-175 euros. Ascendiendo el total a 2.250 euros.

Á. C. V. abonó las siguientes cantidades a Aupa Travel S.L. para el pago de gastos de cancelación o timbres, para sí mismo, su mujer y su hija: 4/9/21-300 euros, 4/9/21-300 euros, 4/9/21-150 euros, 5/9/21-300 euros, 5/9/21- 300 euros, 11/9/21-3.150 euros, 22/12/21-525 euros, 22/12/21-525 euros. Ascendiendo el total a 5.550 euros.

A. M. V. O. también les solicitó el pago de unas cantidades en concepto de IRPF para poder efectuar el pago de la indemnización que se detallan a continuación:

E. C. ingresó las siguientes cantidades para el pago del IRPF en la cuenta de AUPA TAVEL S.L. para sí mismo, su mujer, M. A. y A. C.: 22/12/21-525 euros, 22/12/21-525 euros, 22/12/21-525 euros, 22/12/21-525 euros. Ascendiendo el total a 2.100 euros.

Pese a que los querellantes recibieron las facturas de abono en octubre de 2020, y a que hicieron los pagos correspondientes por gastos de cancelación, que les requería A. M. V. a lo largo de 2021, así como para IRPF, no recibieron el dinero de la indemnización por cancelación.

Coincidiendo con el momento en que los querellantes estaban haciendo los pagos para gastos de cancelación a fin de cobrar la indemnización, A. M. V. O., actuando concertadamente con E. G. U., se dirigió a Á. y E., simulando que su empresa tenía un problema puntual de liquidez y les solicitó un préstamo, a sabiendas de que no tenía la intención de devolverlo. Á. y E., convencidos de que era cierto, ingresaron en la cuenta de Aupa Travel S.L. las siguientes cantidades:

E. C. V., tras la solicitud de dinero por un supuesto problema de tesorería, ingresó las siguientes cantidades: 4/8/21-17.000 euros, 6/9/21-3.000 euros, 9/9/21-9.000 euros. Ascendiendo el total a 29.000 euros.

Á. C. V. tras la solicitud de dinero por un supuesto problema de tesorería, ingresó las siguientes cantidades: 30/8/21-5.210,82 euros, 6/9/21-2.841,89 euros, 22/9/21-2.453,90 euros. Ascendiendo el total a 10.506,61 euros.

No obstante lo anterior, incumpliendo lo acordado y con ánimo de ilícito beneficio, las cantidades prestadas no fueron reintegradas a los perjudicados, incorporándolas definitivamente al patrimonio de los acusados.

Los perjudicados M.I. S.L., M. 2010 S.L., E. C. V., Á., C. V., M. M. A. V. y A. C. además reclaman las indemnizaciones que puedan corresponderles por los perjuicios sufridos.

Para el fiscal, los hechos descritos «son constitutivos de un delito continuado de estafa de los artículos 248.1, 250.2» y considera «responsables a los acusados Ana María Vicente y a Eduardo García en concepto de coautores».

Las penas que pide son «a la acusada Ana María Vicente la pena de 9 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 29 meses de multa con cuota diaria de 10 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas del artículo 53 del Código Penal, con la accesoria de inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio u otras actividades empresariales sean o no retribuidas durante el tiempo de la condena».

Para el acusado Eduardo García, «la pena de 7 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y 20 meses de multa con cuota diaria de 10 euros y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas del artículo 53 del Código Penal, con la accesoria de inhabilitación especial para profesión oficio, industria o comercio u otras actividades empresariales sean o no retribuidas durante el tiempo de la condena».

Para la empresa de ambos, Aupa Travel SL, el fiscal «multa de 2.924.310,44 euros conforme al artículo 251 bis del Código Penal, así como la disolución de la persona jurídica conforme al artículo 33.7.b) del Código Penal y Costas».

El ministerio Fiscal interesa, para el caso de que se dicte sentencia condenatoria respecto de la acusada Ana María Vicente Oset, «que se proceda a remitir testimonio de la misma al Juzgado de lo Penal Nº2 de Jerez de la Frontera, por si procediera revocar la suspensión de la ejecución de la pena de 1 año y 8 meses de prisión».