España ordena aislar en Madrid a pasajeros del MV Hondius por riesgo sanitario grave

La Justicia ha autorizado las medidas de cuarentena decretadas por el Ministerio de Sanidad para los pasajeros y tripulantes españoles o residentes en España procedentes del buque MV Hondius, escenario de un brote de hantavirus que ha generado preocupación internacional tras registrarse varios casos graves y fallecimientos durante la travesía. La resolución judicial, dictada este 9 de mayo por la magistrada Raquel Robles González, ratifica el aislamiento obligatorio de los afectados en el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla de Madrid durante un periodo inicial de siete días.

El auto judicial responde a una solicitud presentada por la Abogacía del Estado después de que las autoridades sanitarias aprobaran una orden urgente para controlar el posible riesgo epidemiológico derivado del crucero, procedente de Ushuaia, en Argentina, y con llegada prevista a España a través del puerto tinerfeño de Granadilla de Abona.

La resolución considera que las medidas son “adecuadas, necesarias e idóneas” para contener la expansión de la enfermedad y evitar un riesgo grave para la salud pública. El tribunal subraya además que el aislamiento impuesto resulta proporcional ante el peligro potencial de transmisión del virus y la gravedad de los casos detectados a bordo.

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El brote en el MV Hondius activa las alarmas sanitarias

Según recoge el auto judicial, las autoridades sanitarias tuvieron conocimiento a principios de mayo de la existencia de un brote de una enfermedad respiratoria grave en el crucero MV Hondius, que transportaba a 147 pasajeros y tripulantes. Entre ellos se encontraban 14 personas españolas o residentes en España.

Los informes incorporados al procedimiento, elaborados por organismos como la Organización Mundial de la Salud, el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades y el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, detallan que hasta el 4 de mayo se habían identificado siete casos relacionados con el brote, incluidos tres fallecimientos.

El hospital Gómez Ulla para los militares en Madrid. EP
El hospital Gómez Ulla para los militares en Madrid. EP

La enfermedad detectada presenta síntomas especialmente agresivos. Entre ellos aparecen fiebre, problemas gastrointestinales, neumonía de rápida progresión, síndrome de dificultad respiratoria aguda y shock. El documento judicial también señala que el virus puede transmitirse a través del contacto con orina, saliva o heces de roedores infectados, aunque existen antecedentes de contagio entre humanos.

Uno de los elementos que más peso tuvo en la decisión judicial fue precisamente la elevada mortalidad asociada al hantavirus. Según los informes técnicos incorporados al procedimiento, la tasa de letalidad puede oscilar entre el 10 y el 32 por ciento, dependiendo de la variante y de la capacidad de respuesta médica.

La magistrada prioriza la salud pública sobre el interés individual

El auto dedica buena parte de sus fundamentos jurídicos a justificar el equilibrio entre los derechos fundamentales y la protección de la salud colectiva. La magistrada recuerda que la Constitución española reconoce tanto el derecho a la libertad individual como la obligación de los poderes públicos de proteger la salud pública mediante medidas preventivas.

En ese contexto, la resolución sostiene que en situaciones de riesgo sanitario grave debe prevalecer el interés general sobre las objeciones individuales que pudieran presentar los afectados por las restricciones. El tribunal considera acreditado que el contexto actual supone una amenaza real para la población debido a la capacidad de propagación de la enfermedad.

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La magistrada también recuerda que la legislación española contempla medidas excepcionales en materia de salud pública cuando existan indicios racionales de peligro para la población. En concreto, el auto se apoya en la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública y en el artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Además, la resolución menciona expresamente el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que permite el internamiento de personas susceptibles de propagar enfermedades contagiosas siempre que exista cobertura legal y control judicial.

Cuarentena obligatoria en el Gómez Ulla

La medida ratificada por el juzgado obliga a los pasajeros españoles o residentes en España procedentes del crucero a permanecer aislados en habitaciones individuales del Hospital Gómez Ulla durante siete días naturales desde la activación de la orden sanitaria.

El auto señala que la decisión se adopta con carácter urgente debido a la inminente llegada de los pasajeros a territorio español y al riesgo potencial de propagación. Por ese motivo, el juzgado resolvió la petición sin escuchar previamente a los afectados, argumentando que la prioridad inmediata es proteger la salud pública.

La resolución judicial también deja abierta la posibilidad de recurso de apelación contra la medida, aunque la cuarentena seguirá vigente mientras no exista una decisión contraria de una instancia superior.

El caso del MV Hondius reabre el debate sobre la capacidad de reacción de las administraciones ante amenazas sanitarias internacionales y vuelve a situar sobre la mesa el delicado equilibrio entre libertades individuales y protección colectiva. La experiencia acumulada tras las grandes crisis sanitarias recientes ha reforzado la tendencia de las autoridades a actuar con rapidez ante cualquier riesgo de transmisión masiva, especialmente cuando existen antecedentes de alta mortalidad y contagio internacional.