La Audiencia de Valencia admite la personación del expresidente en la causa DANA: lo que esto significa para la instrucción

La Sección Segunda de la Audiencia ha notificado este miércoles el auto que permite al exdirigente ejercer su derecho de defensa, al estimar su recurso de apelación apoyado por la Fiscalía. La decisión se limita a la personación y no prejuzga otros extremos de la investigación en

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha admitido este miércoles la personación del expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en la causa por la gestión de la DANA que instruye el Tribunal de Instancia de Catarroja. El auto, dictado por los seis magistrados del pleno y notificado ayer, estima el recurso de apelación del exjefe del Consell —al que se adhirió la Fiscalía— contra la decisión de la instructora, que el pasado 31 de marzo había denegado la personación.

Con esta resolución, el exdirigente podrá ejercer su derecho de defensa en un procedimiento que aún está en fase de investigación. El propio tribunal subraya que «la instrucción continúa y se han acordado diligencias pendientes de resultado con aptitud para aportar información que pudiera permitir una inculpación futura del señor Mazón Guixot», según recoge el auto facilitado por el Consejo General del Poder Judicial.

Por qué la Audiencia permite ahora la personación

La clave del fallo está en la condición de aforado de Carlos Mazón como diputado de las Cortes Valencianas. La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en sus artículos 118 y 118 bis, reconoce el derecho de toda persona investigada o que pueda serlo a personarse en la causa. El tribunal entiende que, al ser aforado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ valenciano, «debe tener la oportunidad que reclama en su recurso» porque, de lo contrario, «se vería privado de conocer la actividad judicial de investigación que le concierne».

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La personación (comparecencia formal para ejercer la defensa) no se había admitido en primera instancia, auto (resolución judicial que decide sobre un aspecto procesal sin poner fin al procedimiento) que ahora revoca la Audiencia tras estimar el recurso de apelación interpuesto por el exjefe del Consell y apoyado por el Ministerio Público.

Lo que este auto no resuelve: los límites de la decisión

La propia Sección Segunda introduce una advertencia relevante. El pronunciamiento judicial se limita exclusivamente a decidir si procede la personación del aforado, al amparo de los preceptos procesales citados. «No deben extraerse de esta resolución conclusiones en relación a particulares que no han sido objeto del recurso y que tampoco eran objeto de lo resuelto en el auto recurrido», señala el texto notificado ayer.

Dicho de otro modo, la Audiencia abre la puerta a la defensa de Mazón pero no se pronuncia sobre el fondo del asunto. La instrucción (fase de investigación del procedimiento penal) sigue su curso en el Tribunal de Instancia de Catarroja, y serán las diligencias ya acordadas —entre las que la instructora ha incluido requerimientos a diversos organismos— las que determinen si existen indicios suficientes para una futura imputación formal.

Las otras dos resoluciones de la Audiencia en la misma causa

Junto al auto de personación, la Audiencia ha notificado otras dos decisiones que afectan a piezas separadas de la investigación. Por un lado, se desestima el recurso de apelación de la exconsellera de Justicia e Interior, investigada, contra la decisión de la instructora de citarla para formar un cuerpo de escritura con el que practicar una pericial caligráfica sobre un manuscrito aportado por el subdirector general de Emergencias.

Esa misma resolución rechaza también la petición de nulidad planteada por el ex secretario autonómico de Emergencias, quien alegaba indefensión. El segundo auto desestima el recurso de una acusación particular que solicitaba nuevas diligencias, entre ellas requerimientos al Ministerio de Transportes y a la Dirección General de Tráfico.

La personación es un derecho procesal que no anticipa una posible imputación, pero sí permite al exdirigente conocer las actuaciones que le conciernen en una instrucción aún abierta.

⚖️ Datos del caso

  • Órgano judicial: Audiencia Provincial de Valencia, Sección Segunda.
  • Fase procesal: Instrucción en el Tribunal de Instancia de Catarroja.
  • Implicados: Carlos Mazón Guixot (expresidente de la Generalitat, diputado y aforado), exconsellera de Justicia e Interior (investigada), ex secretario autonómico de Emergencias (investigado), acusación particular y Fiscalía.
  • Causa investigada: Gestión de la DANA, con posible responsabilidad penal.
  • Próximos pasos: La instrucción continúa con diligencias acordadas pendientes de resultado; su contenido podría derivar en una inculpación futura del expresidente.

Lo esencial

  • 📌 ¿Qué ha ocurrido? La Audiencia de Valencia ha admitido la personación del expresidente Mazón en la causa por la gestión de la DANA.
  • 👤 ¿Quiénes están implicados? El exdirigente autonómico, la exconsellera de Justicia, el ex secretario de Emergencias y la Fiscalía, en una instrucción abierta.
  • ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El auto permite al exjefe del Consell ejercer su defensa mientras la investigación sigue su curso con diligencias ya en marcha.