La Justicia anula multa de 200 euros por pisar línea continua en la A-6 de Madrid

El juzgado madrileño consideró insuficientes las fotos del sistema Foto-Línea de la DGT para probar la infracción. La sentencia afecta a los cuatro dispositivos instalados en las salidas de la A-1, A-2, A-6 y A-42 de la Comunidad de Madrid.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿A quién afecta? A conductores sancionados en las salidas de la A-1, A-2, A-6 o A-42 de Madrid donde la DGT tiene instaladas cámaras ‘Foto-Línea’.
  • ¿Cuándo ocurre? La sentencia se dictó en junio de 2026 y ya es firme. Si tienes una multa similar, puedes recurrir ahora.
  • ¿Qué cambia hoy? Un juzgado madrileño ha anulado una sanción porque las fotos no mostraban el momento exacto de pisar la línea continua. Las garantías procesales obligan a la DGT a mejorar sus pruebas.

Un juzgado de Madrid ha anulado una multa de 200 euros a un conductor en la A‑6 al considerar insuficientes las pruebas del sistema Foto-Línea de la Dirección General de Tráfico (DGT). La resolución, dictada por el Contencioso‑Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, abre la puerta a que miles de conductores sancionados por los mismos dispositivos puedan pedir la revisión de sus expedientes.

Los hechos se remontan al 28 de enero de 2025, cuando el vehículo circulaba a la altura del kilómetro 20,2 de la autovía A‑6, en sentido decreciente hacia Madrid. Las dos fotografías aportadas por la DGT mostraban al coche en carriles distintos, pero ninguna captaba el instante en que supuestamente pisó la línea continua. La magistrada concluyó que esa prueba era “insuficiente” para desvirtuar la presunción de inocencia.

Las fotos no prueban el pisotón: el fallo judicial

El recurso, presentado por los servicios jurídicos de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), alegaba que las imágenes no acreditaban la infracción. La sentencia, consultada por Europa Press, admite que la Administración “goza de facilidad probatoria” pero que se limitó a presentar dos tomas sin detalle del momento crítico. “Se desconoce si se trata de una misma vía, y no se aprecia el momento exacto en el que supuestamente el vehículo habría pasado por encima de la marca longitudinal continua”, recoge el fallo.

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La Abogacía del Estado defendió que el coche aparecía en dos carriles separados, lo que implicaba necesariamente haber rebasado la línea. “Salvo que el coche tenga capacidad de volar”, llegó a ironizar. Pero el juzgado valoró que esa deducción no sustituye a una imagen del pisotón. Además, el expediente no incluía la placa identificativa de la cámara ni acreditaba la señalización de la zona videovigilada, exigida por la normativa de protección de datos.

Los cuatro dispositivos ‘Foto-Línea’ que vigilan Madrid

La DGT instaló estos sistemas hace tres años, en 2023, para sancionar a los conductores que atraviesan una línea continua sin respetar la cola de salida. En la Comunidad de Madrid hay cuatro puntos activos: la A‑1 en el km 15,95 (zona de Alcobendas), la A‑2 en el km 11,8 (cerca del aeropuerto de Barajas), la A‑6 en el km 20,2 (bajando hacia Madrid, cerca de Las Rozas) y la A‑42 en el km 16,9 (a la altura de Getafe). Según AEA, estos dispositivos han generado “miles de denuncias”.

El presidente de la asociación, Mario Arnaldo, ha subrayado que el fallo “constituye un importante precedente judicial” y refuerza las garantías que deben cumplir los sistemas automatizados. En un comunicado, AEA calificó estos sistemas de “finalidad recaudatoria” y abogó por más presencia policial como medida de seguridad vial. “Esta resolución judicial refuerza las garantías jurídicas y de funcionamiento que deben tener los sistemas automatizados”, insistió.

La mera fotografía de un coche en dos carriles no basta para acreditar que se pisó la línea continua.

Qué supone este precedente para los conductores madrileños

No es la primera vez que la justicia cuestiona las multas automáticas en Madrid. Ya en 2021, varios juzgados anularon sanciones del sistema Foto‑Rojo por falta de homogeneidad en las pruebas. El caso de la Foto‑Línea profundiza en una exigencia común: la carga de la prueba recae en la Administración y no puede basarse en simples presunciones aunque la tecnología sea fiable. Para los automovilistas recurrir significa, al menos, que la DGT debería aportar una secuencia de imágenes o un vídeo que muestre el pisotón sin margen de duda.

El impacto es directo sobre miles de conductores que ya han pagado o aún tienen abiertos procedimientos. Como medida práctica, quien haya recibido una multa similar puede solicitar la revisión alegando la insuficiencia probatoria y citando este fallo. Sin embargo, el criterio no es automático: cada expediente debe analizarse por separado y la DGT podría mejorar la calidad de las capturas en futuras denuncias, corrigiendo el defecto señalado por el juzgado.

La sentencia obliga a mirar más allá de la A‑6. El mismo razonamiento podría aplicarse a las otras tres cámaras de la región, y posiblemente a sistemas equivalentes en otras comunidades. Mientras tanto, el debate entre recaudación y seguridad vuelve a la mesa. Porque una cosa es clara: vigilar la línea continua salva vidas, pero hacerlo sin garantías procesales convierte la sanción en papel mojado.

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