El abogado de José Luis Rodríguez Zapatero intenta convencer al juez instructor número 2 de la Audiencia Nacional de que amplíe la comisión rogatoria pedida a las autoridades de EEUU para que se pidan otros medios de prueba sobre las conversaciones intervenidas a Rodoldo Reyes Rojas, empresario venezolano imputado en la causa, máximo accionista de Plus Ultra y una de las pruebas de cargo más importantes contra el ex presidente Zapatero.
Ahora bien, en un recurso de reforma presentado ante la Audiencia, Zapatero deja claro que «la solicitud de ampliación de la comisión rogatoria que por este recurso se reitera no entraña, en modo alguno, nuestro aquietamiento con la incorporación del contenido del dispositivo del Sr. Reyes Rojas a la causa, ni reconocimiento de la regularidad del material controvertido, ni conformidad con su eventual utilización como medio de prueba. Muy al contrario, esta representación deja expresamente reservado el ejercicio de las acciones de nulidad que en Derecho procedan y, en particular, la exclusión del material (…)».
Recuerda el abogado de Zapatero que «el 18 de junio se me notificó el Auto de ese digno Tribunal de la misma fecha, por el que, entre otros pronunciamientos, declaraba no haber lugar a la ampliación de la Comisión Rogatoria que se había acordado remitir a los Estados Unidos respecto de un dispositivo incautado al Sr. Reyes Rojas, que la agencia gubernamental norteamericana Homeland Security Investigations (HSI) había entregado a la policía española».
La petición de Zapatero a la HSI
El 10 de junio el letrado pedía «que se completara la solicitud de cooperación judicial a los Estados Unidos de América que el Tribunal había acordado remitir, pidiendo a ese órgano judicial que se añadieran ciertos extremos que se consideraban de todo punto imprescindibles para determinar la licitud y la utilizabilidad del dispositivo al que se hace referencia, entregado al parecer a la Brigada Central de Investigación de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción del Cuerpo Nacional de Policía (…)».
Lo que pidió entonces el abogado fueron ocho diligencias:
- La concreta resolución judicial o, en su caso, la orden o autorización administrativa que amparó la incautación y/o clonado, y autorizó la posterior extracción y análisis del dispositivo de D. Rodolfo Reyes.
- Indicación del procedimiento o investigación abierta contra el Sr. Reyes en Estados Unidos, en el curso del cual se produjo la incautación y extracción.
- Informes y actas de HSI relativos a la extracción telefónica, identificando la autoridad norteamericana competente que practicó la intervención.
- Alcance de la extracción, indicando si se trató de una extracción total, parcial, física, lógica, remota o selectiva, así como el software o la herramienta utilizada para ese fin y la autoridad que llevó a cabo el análisis del dispositivo.
- Informe de los mecanismos de verificación de la integridad de la información ofrecida, incluidos los hashes o equivalentes técnicos y actas de desprecinto y volcado del dispositivo intervenido.
- Informe sobre la preservación de la información obtenida y del dispositivo, y la cadena de custodia de la información hasta la entrega a las autoridades españolas.
- Informe sobre la remisión de las evidencias a la policía española indicando la forma y la fecha de entrega, y las comunicaciones precedentes entre unidades policiales españolas y HSI u otra unidad del Gobierno de los Estados Unidos de América.
- Informe sobre autorizaciones que hayan permitido la remisión de las conversaciones de WhatsApp a la policía española, y su alcance.
El juez instructor, mediante un auto de 5 de junio de 2026, solicitaba la cooperación judicial internacional a las autoridades de los Estados Unidos para determinar las condiciones de la eventual incorporación a las actuaciones de la extracción de datos del dispositivo móvil perteneciente al investigado Rodolfo Reyes Rojas, que “ha sido utilizado hasta la fecha como elemento de investigación” y que se le facilitó a la policía española “en el marco de la cooperación policial internacional.
Para apuntar un futuro recurso contra las pruebas llegadas de EEUU, dice el abogado de Zapatero que, «sin embargo, es evidente que la mera autorización de una autoridad norteamericana para utilizar esas comunicaciones personales en un proceso penal tendría un alcance muy limitado».
El recurso de reforma presentado este 22 de junio objeta que «los órganos jurisdiccionales, también cuando desempeñan funciones de instrucción en un procedimiento penal, están constitucionalmente obligados a realizar un control efectivo de la licitud de toda la información que se vaya incorporando a la causa, lo que comprende el cumplimiento de todas las exigencias constitucionales y legales».
Y añade que «el problema jurídico que plantea la recepción por autoridades españolas de una información obtenida por agencias gubernamentales de los Estados Unidos presenta una dimensión constitucionalmente autónoma (…)». Luego se plantea si «la cuestión que se debe responder es si se pueden utilizar en un procedimiento penal español los resultados de una actuación realizada por autoridades extranjeras respecto de la cual el órgano judicial español carece de capacidad real para controlar las circunstancias concretas de su ejecución o de verificar su fiabilidad».
Crítica del abogado de Zapatero a la instrucción de Calama
Zapatero hace también una crítica velada a la instrucción del juez Calama: «No podemos perder de vista que nos encontramos ante un elemento probatorio que ya se ha incorporado al acervo de las presentes Diligencias Previas sin haber pasado control alguno de legalidad en la actuación de una agencia gubernamental norteamericana que, de acuerdo con las normas que rigen su actuación, puede realizar injerencias que no siempre concuerdan, ni cumplen en todos los casos, con los estándares exigidos por nuestro sistema jurídico y por las normas europeas que venimos obligados a aplicar y a cumplir».
Al final del escrito el defensor de Zapatero enseña sus verdaderas cartas cuando habla de la comisión rogatoria enviada a EEUU: «Es evidente que si (…) las autoridades norteamericanas no conceden la autorización solicitada, nada habría que ampliar o complementar, porque la consecuencia de esa negativa habría de ser la exclusión del procedimiento del contenido del dispositivo que entregó u ofreció a la policía la Homeland Security Investigations. Ahora bien, si la respuesta norteamericana fuera favorable y autorizara el uso judicial del dispositivo por las autoridades españolas, su entrada en el proceso ha de ser inevitablemente controlada».
El letrado alude a que «por esa razón debemos considerar que, a la espera de una respuesta favorable a lo que se pide en la Comisión Rogatoria, el mantenimiento de un material no controlado por la justicia española es un riesgo cierto y permanente de vulneración de los derechos fundamentales, tanto del derecho a la intimidad, como al secreto de las comunicaciones o a la protección de datos personales que ese digno Tribunal no puede desconocer».
Finalmente, el recurso recoge que «la solicitud de ampliación de la comisión rogatoria que por este recurso se reitera no entraña, en modo alguno, nuestro aquietamiento con la incorporación del contenido del dispositivo del Sr. Reyes Rojas a la causa, ni reconocimiento de la regularidad del material controvertido, ni conformidad con su eventual utilización como medio de prueba. Muy al contrario, esta representación deja expresamente reservado el ejercicio de las acciones de nulidad que en Derecho procedan y, en particular, la exclusión del material en aplicación de lo dispuesto en el art. 11.1 de la LOPJ por la eventual vulneración
de los derechos al secreto de las comunicaciones, a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal, así como del derecho a un proceso con todas las garantías».
Los chats de Rodolfo Reyes Rojas con otros directivos de Plus Ultra en fechas previas a la concesión de 53 millones de euros por parte de la SEPI son fundamentales para entender la trama y su relación con Julio Martínez, amigo cercano al ex presidente Zapatero, ya que en ellos se habla de la intervención favorable del ex presidente Zapatero a quien se refirieron en alguna ocasión como «nuestro pana Zapatero».
