El Ministerio del Interior ha aprobado un protocolo para la rectificación registral del sexo y el nombre de las personas extranjeras sin tener que pasar por un juzgado, según ha confirmado el ministro, Fernando Grande-Marlaska. La resolución, firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo, regulará el procedimiento en los documentos de identidad expedidos a ciudadanos de fuera de España, evitando la vía judicial.
Así funciona el procedimiento para el cambio registral
El protocolo distingue dos situaciones. En el primer caso, cuando la persona extranjera no puede realizar la rectificación en su país de origen, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará un informe al Ministerio de Asuntos Exteriores que acredite esa imposibilidad legal o de hecho. Si el informe lo confirma, se procederá al cambio en el Registro Central de Extranjeros y a la emisión del nuevo documento.
En el segundo supuesto, si la persona ya ha efectuado el cambio en su país de origen, bastará con presentar el pasaporte o título de viaje en vigor que lo acredite junto con el documento a actualizar.
Los documentos que pueden ser modificados son:
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en todas sus modalidades.
- Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE).
- Cédula de Inscripción de Extranjero Indocumentado.
- Título de Viaje de Indocumentado.
- Resguardos de registro y formalización de protección internacional.
- Documentos acreditativos de solicitante de protección internacional y apatridia.
- Certificados de residente y no residente.
Hasta ahora, el vacío legal obligaba a las personas extranjeras a realizar la modificación en su país de origen o a recurrir a la justicia, una barrera que generó múltiples reclamaciones. La sentencia del Tribunal de Instancia de Madrid vino a confirmar que la Administración debía facilitar el cambio sin exigir un proceso en origen que resultase imposible.
El respaldo legal y la sentencia que impulsó la medida
El nuevo protocolo se adopta en aplicación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI. Esta norma recoge el derecho a que los documentos de las personas extranjeras contengan la rectificación del sexo y del nombre en los mismos términos que los nacionales. Además, la resolución de la Policía Nacional menciona el aval de la sentencia 181/2026, de 5 de junio de 2026, de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, plaza n.º 17, que obligó a la Administración a atender el requerimiento de un ciudadano extranjero que no pudo realizar el cambio en su país.
El ministro Grande-Marlaska anunció el 23 de junio en el Senado la aprobación de este protocolo para la primera quincena de julio, en respuesta a la senadora de Más Madrid Carla Antonelli. Reconoció las limitaciones anteriores y se comprometió a impulsar un nuevo mecanismo «con carácter urgente». La resolución firmada por el director general de la Policía, fechada este 14 de julio, se publicará próximamente en la Orden General, culminando meses de reclamaciones.
La medida evita que las personas trans migrantes tengan que iniciar un proceso judicial en sus países de origen o en España, un obstáculo que había provocado repetidas reclamaciones ante la Administración.
Lo esencial
- 📌 ¿Qué ha ocurrido? El Ministerio del Interior ha aprobado un protocolo para que las personas extranjeras rectifiquen su sexo registral en los documentos de identidad sin pasar por un juzgado.
- 👤 ¿Quiénes están implicados? El Ministerio del Interior, la Policía Nacional, y las personas extranjeras que necesiten actualizar su documentación.
- ⏭️ ¿Qué pasa ahora? El protocolo se publicará próximamente en la Orden General de la Policía y entrará en vigor para que los solicitantes puedan iniciar el trámite.
