El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la condena a 15 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente a su hija con discapacidad desde que ella tenía 4 años y durante más de dos décadas, según la resolución judicial hecha pública este martes. La Audiencia Provincial de Valladolid dictó el fallo original y el TSJ lo ha ratificado, convirtiendo la sentencia en firme.
Los hechos probados: abusos casi diarios desde 1998
La víctima, que padece una discapacidad psíquica del 33% por inteligencia límite, sufrió agresiones sexuales continuadas desde 1998, cuando apenas tenía 4 años. El condenado aprovechaba las ausencias de la madre del domicilio o las horas en que esta dormía para cometer los abusos, que ocurrían casi a diario, según consta en la sentencia.
Para vencer cualquier resistencia, el hombre utilizaba la violencia física y las amenazas. Golpeaba a la menor con un cinturón en la cabeza o en las manos, le mostraba un cuchillo y le decía que si no accedía, haría lo mismo con su hermana pequeña. Esta dinámica de dominación y terror se mantuvo hasta principios de 2021.
Las secuelas psicológicas y el historial delictivo del padre
El fin de los abusos llegó cuando la hermana menor denunció al padre por hechos similares y se decretó su ingreso en prisión provisional. En ese primer proceso, el hombre fue condenado a once años y un día de cárcel, pena que cumple en la actualidad. La víctima de este segundo caso no se atrevió a contar su calvario hasta después de la muerte de su abuela paterna, a quien consideraba como una madre.
El tribunal considera probado que la mujer sufre un trastorno por estrés postraumático, un daño psicológico que afecta a su estabilidad emocional y un daño social fruto del aislamiento y de una dinámica familiar disfuncional. Estas secuelas han sido determinantes para la condena.
Las penas accesorias y la indemnización
Además de los 15 años de prisión, la sentencia impone al condenado un amplio abanico de medidas de protección y castigo:
- Prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo que supera en diez años la pena de prisión.
- Ocho años de libertad vigilada, que se ejecutarán tras el cumplimiento de la cárcel.
- Inhabilitación para cualquier actividad que implique contacto regular con menores.
- Una indemnización de 26.200 euros por los daños y perjuicios causados.
El fallo del TSJ confirma en todos sus términos la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, que ya consideró probada la autoría y la gravedad de los hechos. El condenado permanece en prisión cumpliendo la pena anterior y ahora se le acumula esta nueva condena firme, lo que prolongará su estancia entre rejas.
La víctima tardó más de dos décadas en relatar los abusos y sufre secuelas psicológicas que han marcado su vida adulta.
La resolución cierra un caso que refleja la vulnerabilidad de las personas con discapacidad en el entorno intrafamiliar y la dificultad de romper el silencio en situaciones de abuso prolongado. El tribunal ha valorado la prevalencia de la relación paterno-filial y el grave quebranto psicológico para imponer una condena que se sitúa en el tramo alto de lo previsto por el Código Penal.

