Condenado a 15 años de cárcel por agredir sexualmente a su hija con discapacidad durante 23 años

La Audiencia Provincial de Valladolid dictó la pena tras probar agresiones casi diarias desde 1998. El TSJ ha confirmado la condena firme, que incluye prohibición de comunicación y libertad vigilada.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la condena a 15 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente a su hija con discapacidad desde que ella tenía 4 años y durante más de dos décadas, según la resolución judicial hecha pública este martes. La Audiencia Provincial de Valladolid dictó el fallo original y el TSJ lo ha ratificado, convirtiendo la sentencia en firme.

Los hechos probados: abusos casi diarios desde 1998

La víctima, que padece una discapacidad psíquica del 33% por inteligencia límite, sufrió agresiones sexuales continuadas desde 1998, cuando apenas tenía 4 años. El condenado aprovechaba las ausencias de la madre del domicilio o las horas en que esta dormía para cometer los abusos, que ocurrían casi a diario, según consta en la sentencia.

Para vencer cualquier resistencia, el hombre utilizaba la violencia física y las amenazas. Golpeaba a la menor con un cinturón en la cabeza o en las manos, le mostraba un cuchillo y le decía que si no accedía, haría lo mismo con su hermana pequeña. Esta dinámica de dominación y terror se mantuvo hasta principios de 2021.

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Las secuelas psicológicas y el historial delictivo del padre

El fin de los abusos llegó cuando la hermana menor denunció al padre por hechos similares y se decretó su ingreso en prisión provisional. En ese primer proceso, el hombre fue condenado a once años y un día de cárcel, pena que cumple en la actualidad. La víctima de este segundo caso no se atrevió a contar su calvario hasta después de la muerte de su abuela paterna, a quien consideraba como una madre.

El tribunal considera probado que la mujer sufre un trastorno por estrés postraumático, un daño psicológico que afecta a su estabilidad emocional y un daño social fruto del aislamiento y de una dinámica familiar disfuncional. Estas secuelas han sido determinantes para la condena.

Las penas accesorias y la indemnización

Además de los 15 años de prisión, la sentencia impone al condenado un amplio abanico de medidas de protección y castigo:

  • Prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo que supera en diez años la pena de prisión.
  • Ocho años de libertad vigilada, que se ejecutarán tras el cumplimiento de la cárcel.
  • Inhabilitación para cualquier actividad que implique contacto regular con menores.
  • Una indemnización de 26.200 euros por los daños y perjuicios causados.

El fallo del TSJ confirma en todos sus términos la sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid, que ya consideró probada la autoría y la gravedad de los hechos. El condenado permanece en prisión cumpliendo la pena anterior y ahora se le acumula esta nueva condena firme, lo que prolongará su estancia entre rejas.

La víctima tardó más de dos décadas en relatar los abusos y sufre secuelas psicológicas que han marcado su vida adulta.

La resolución cierra un caso que refleja la vulnerabilidad de las personas con discapacidad en el entorno intrafamiliar y la dificultad de romper el silencio en situaciones de abuso prolongado. El tribunal ha valorado la prevalencia de la relación paterno-filial y el grave quebranto psicológico para imponer una condena que se sitúa en el tramo alto de lo previsto por el Código Penal.