El TSXG indemniza con 10.000 euros a trabajadores por abuso de temporalidad en la Xunta y la CHMS

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia indemniza por daño moral a dos empleados públicos que superaron los 15 años encadenando contratos temporales y ordena abrir expediente sancionador a la Inspección de Trabajo. Las resoluciones fijan un criterio que permite reclamar 10.000

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado dos sentencias clave que reconocen el daño moral sufrido por trabajadores públicos sometidos a años de contratación temporal abusiva. Las resoluciones, fechadas este 23 de julio de 2026, condenan a la Xunta de Galicia y a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil a indemnizar con 10.000 euros a cada uno de los afectados, y ordenan remitir el caso a la Inspección de Trabajo para que inicie expedientes sancionadores.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha pasado? El TSXG ha concedido 10.000 euros por daño moral a dos empleados públicos que encadenaron contratos temporales durante más de 15 y 22 años respectivamente.
  • ¿Quién está detrás? La Sala de lo Social del TSXG, aplicando la jurisprudencia europea y del Tribunal Supremo. Las administraciones condenadas son la Xunta (Consellería de Política Social e Xuventude y Facenda) y la CHMS.
  • ¿Qué impacto tiene? Sienta un criterio que podría multiplicar las reclamaciones en toda Galicia y en el resto de España, porque fija una indemnización mínima de 10.000 euros por cada trienio de abuso temporal.

Las dos sentencias, cuyo contenido ha adelantado La Razón y que aún no son firmes, abordan situaciones que se han repetido durante años en las administraciones gallegas y del resto del país. En uno de los casos, una trabajadora de la Consellería de Política Social e Xuventude y de la Consellería de Facenda encadenó contratos temporales durante más de tres lustros antes de obtener una plaza fija mediante oposición. En el otro, un empleado de la CHMS estuvo en la misma precariedad desde marzo de 2002 hasta octubre de 2024.

La Sala de lo Social subraya que el hecho de que ambos trabajadores consiguieran finalmente una plaza fija no elimina el abuso previo. De hecho, los magistrados recalcan que el proceso selectivo «no puede ser entendido como una medida destinada a evitar la utilización abusiva de la contratación temporal». La empresa pública no puede escudarse en que el trabajador ya es fijo para ignorar el daño causado durante años.

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Para fijar la cuantía, el tribunal toma como referencia la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las indemnizaciones de 10.000 euros responden a que esa era la cantidad máxima solicitada por los demandantes, pero los jueces avanzan un criterio de enorme calado: el importe mínimo de la LISOS —10.000 euros, o 7.500 según la fecha de los hechos— puede devengarse por cada período completo de tres años de abuso. Es decir, una persona que haya estado dos décadas en esa situación podría reclamar daños morales por varios trienios.

El acceso a una plaza fija no borra el abuso previo, y la Inspección de Trabajo tendrá que abrir expedientes sancionadores a las administraciones que mantuvieron la temporalidad durante décadas.

Una doctrina que fuerza a las administraciones a revisar sus contrataciones

El TSXG no solo condena a indemnizar, sino que acuerda remitir testimonio de ambas sentencias a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que se abran procedimientos sancionadores. Esta decisión supone un giro práctico importante, porque traslada el caso desde lo puramente indemnizatorio hacia una posible sanción administrativa por el uso abusivo de la contratación temporal. La Xunta, gobernada por el PPdeG, y la CHMS, dependiente del Estado, deberán ahora responder no solo con dinero, sino también con la revisión de sus políticas de personal.

Los magistrados rechazan, sin embargo, la indemnización por extinción de contrato que reclamaban los trabajadores. Al no haber existido un despido ni una finalización imputable a la Administración —ambos continúan trabajando como fijos—, el tribunal no aprecia ese perjuicio. Eso sí, el daño moral por la incertidumbre y la precariedad prolongada sí se reconoce, y la cuantía de 10.000 euros sigue la estela marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo en su sentencia del pasado 30 de junio.

Las dos resoluciones no son firmes y pueden ser recurridas en casación ante el Tribunal Supremo. Pero el mensaje es claro: las administraciones públicas gallegas tendrán que extremar el cuidado en la gestión de los interinos, sobre todo ahora que el TSXG abre la puerta a indemnizaciones que pueden acumularse si el abuso se prolonga durante varios trienios.

El Laboratorio Gallego

Las sentencias del TSXG sitúan a Galicia en el centro de un debate que recorre toda España y buena parte de Europa. Con una administración autonómica muy extensa —la Xunta emplea a más de 107.000 trabajadores públicos—, la gestión de la temporalidad ha sido durante años una patata caliente. El PPdeG, que gobierna con mayoría absoluta desde 2009, ha defendido siempre la estabilización mediante procesos de oposición, pero ha chocado con la realidad de miles de interinos que acumulan décadas de precariedad.

A eso se suma que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, también condenada, es un organismo estatal, lo que extiende la responsabilidad más allá de la política autonómica. Las dos sentencias llegan en un momento en que el líder del PP y expresidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, moldea desde Madrid el discurso nacional de su partido. Aunque ni Feijóo ni el actual presidente gallego, Alfonso Rueda, se han pronunciado aún sobre el fallo, la dirección del BNG ya ha anunciado que llevará el asunto al Parlamento de Galicia para exigir explicaciones y un plan de choque contra el abuso de la temporalidad.

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En términos estatales, la doctrina que fija el TSXG puede inspirar reclamaciones masivas en otras comunidades autónomas y en la propia Administración General del Estado. Si el Tribunal Supremo confirma el criterio de acumular indemnizaciones por trienios, el coste para las arcas públicas podría ser multimillonario. Galicia, como tantas otras veces, se convierte en el laboratorio donde se ensaya una respuesta judicial que luego se extiende al conjunto del país.

Mientras tanto, la Inspección de Trabajo tiene sobre la mesa dos testimonios que podrían derivar en sanciones económicas a las consellerías implicadas y a la CHMS. El BNG y el PSdeG, principales partidos de la oposición, verán en estas sentencias un argumento para presionar al Gobierno de Rueda en un año en el que las próximas elecciones autonómicas, previstas para 2028, ya empiezan a perfilar el tablero político gallego.

Ficha del Caso

  • El caso: El TSXG ha indemnizado con 10.000 euros a dos trabajadores por abuso de temporalidad, aplicando la doctrina europea y del Supremo, y ha enviado el expediente a Inspección de Trabajo.
  • Datos importantes: Un trabajador llevaba más de 20 años encadenando contratos temporales; la otra superaba los 15. La indemnización se fija en 10.000 euros por trienio de abuso según la LISOS.
  • Resumen: La decisión judicial obliga a las administraciones gallegas y estatales a revisar sus políticas de personal y abre la puerta a reclamaciones millonarias en toda España si el Tribunal Supremo confirma el criterio.