La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a seis años de prisión a un padre y sus dos hijos como autores de un delito de tentativa de homicidio, con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de reparación parcial del daño.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia impone seis años de prisión a cada uno de los tres acusados por tentativa de homicidio.
- ¿Qué base jurídica aplica? Calificación de tentativa de homicidio con la agravante de abuso de superioridad y la atenuante de reparación parcial del daño.
- ¿Qué impacto tiene? Prohibición de aproximarse a menos de 300 metros y comunicarse durante 20 años, más indemnización conjunta superior a 68.900 euros.
Antecedentes del caso
Los hechos se remontan al 3 de agosto de 2024 en El Puig de Santa María. Los tres condenados, padre e hijos, atacaron con navaja a un familiar, sobrino y primo respectivamente, en una acción que el tribunal califica como tentativa de homicidio.
La sentencia ha sido difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el 17 de agosto de 2026. La nota de prensa no precisa el número de sentencia, aunque fija la pena y las responsabilidades civiles.
La calificación de tentativa de homicidio implica que la Sala apreció intención de causar la muerte en los acusados, sin que el resultado letal se consumara por causas ajenas a su voluntad. La distinción con el delito de lesiones es relevante a efectos de pena y de aplicación de la agravante de abuso de superioridad.
Fallo y penas impuestas
La Sala impone a cada uno de los tres acusados seis años de prisión y les prohíbe aproximarse a menos de 300 metros del perjudicado, de su domicilio y de su lugar de trabajo, así como comunicarse con él por cualquier medio durante un periodo de 20 años.
Además, los condenados deberán indemnizar de forma conjunta a la víctima con más de 68.900 euros por las lesiones sufridas y las secuelas derivadas del ataque. La responsabilidad civil se fija sin perjuicio de la acreditación adicional que pueda derivarse de la ejecución.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia aplica abuso de superioridad y reparación parcial del daño en una tentativa de homicidio con pena de seis años.
La Doctrina del Tribunal
La resolución no fija una doctrina procesal nueva, pero confirma la lectura estricta de las circunstancias modificativas. La agravante de abuso de superioridad del artículo 22.2 del Código Penal exige una desproporción que disminuya de manera relevante la capacidad defensiva de la víctima. En este caso, la acción de tres personas armadas con navaja frente a un único agredido cumple ese presupuesto y eleva la pena dentro del marco de la tentativa de homicidio.
En cuanto a la atenuante de reparación parcial del daño, regulada en el artículo 21.5 del Código Penal, despliega efectos cuando existe una reparación efectiva anterior al acto del juicio. La nota de prensa no detalla ni la cuantía exacta reparada ni el momento en que se produjo, lo que impide conocer la intensidad de la atenuación. Su aplicación, no obstante, constata que el tribunal valoró una reparación económica parcial.
Por otra parte, la concurrencia de agravante y atenuante no produce compensación automática. La individualización de la pena sigue el sistema del artículo 66 del Código Penal, de modo que la Sala parte de la pena de tentativa de homicidio y pondera separadamente cada circunstancia. En consecuencia, los seis años de prisión impuestos a cada acusado se sitúan dentro del arco legal que permite la concurrencia de abuso de superioridad y reparación parcial.
Para la práctica forense, el caso recuerda que la reparación parcial no neutraliza la agravante de abuso de superioridad, especialmente en supuestos de agresión grupal con arma blanca. La prohibición de aproximación de 300 metros y comunicación por 20 años se impone además como pena accesoria, con un horizonte temporal muy superior al de la prisión.
FICHA DEL CASO
- El caso: Condena por tentativa de homicidio a un padre y sus dos hijos por atacar con navaja a un familiar en El Puig de Santa María el 3 de agosto de 2024.
- Datos importantes: Pena de seis años de prisión para cada acusado; agravante de abuso de superioridad; atenuante de reparación parcial; prohibición de aproximación de 300 metros y comunicación por 20 años; indemnización conjunta superior a 68.900 euros.
- Fecha de los juicios: No consta en la nota de prensa la fecha de la vista oral. Los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2024; la resolución fue difundida el 17 de agosto de 2026.
- Personas acusadas y por qué: Un padre y sus dos hijos, condenados por tentativa de homicidio con abuso de superioridad y atenuante de reparación parcial del daño.

