La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió este miércoles la semilibertad concedida a Henri Parot por el Gobierno Vasco al considerarla prematura.
El argumento de la Fiscalía contra el tercer grado
El Ministerio Público presentó el recurso ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, según comunicó este miércoles en una nota de prensa. En ella, la Fiscalía sostiene que la decisión ‘resulta prematura en el momento actual y no se ajusta plenamente a los criterios legales que rigen la clasificación penitenciaria’.
El escrito reconoce la ‘evolución favorable’ del interno durante el cumplimiento de la condena, así como el correcto desarrollo de la modalidad flexible prevista en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, la ausencia de incidencias y la existencia de apoyo social y familiar. No obstante, considera que el tiempo transcurrido desde la aplicación de dicho régimen es todavía insuficiente para consolidar los factores que permitirían acceder al régimen de semilibertad propio del tercer grado.
La Fiscalía insiste en que la clasificación penitenciaria debe basarse en una valoración individualizada y global de todas las circunstancias concurrentes, incluida la evolución tratamental, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción social. En el caso de Henri Parot, recuerda la ‘extraordinaria gravedad de los delitos’ por los que fue condenado, relacionados con su papel en ETA y con múltiples acciones terroristas. Para el Ministerio Fiscal, esas circunstancias obligan a valorar con especial exigencia cualquier avance de grado.
Según la misma nota, la situación actual de cumplimiento mediante el artículo 100.2 permite continuar observando la evolución del penado y consolidar los avances apreciados sin necesidad de anticipar el acceso al tercer grado. Por ello, solicita la revocación de la progresión acordada y la suspensión cautelar de la resolución recurrida mientras se resuelve el recurso.
El Ministerio Público pide revocar el tercer grado y suspender cautelarmente la semilibertad mientras el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria resuelve el recurso.
La concesión del Gobierno Vasco y la respuesta de las víctimas
El Gobierno Vasco acordó la semana pasada conceder el tercer grado a Parot, una decisión que fue denunciada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), el Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite), además de PP y Vox. La presidenta de Covite, Consuelo Ordóñez, calificó de ‘inaceptable’ la semilibertad concedida a ‘un terrorista condenado por el asesinato de 39 personas sin que haya mostrado un arrepentimiento real, público y verificable’.
Ordóñez recordó que entre los crímenes de Parot se encuentra la matanza de la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza de 1987, en la que fueron asesinadas once personas, entre ellas cinco niños, y otras 88 resultaron heridas. También apuntó que acumuló condenas cercanas a los 4.800 años de prisión por asesinatos, asesinatos en grado de tentativa, lesiones, estragos, detenciones ilegales, depósito de armas y explosivos, entre otros delitos.
Para Ordóñez, resulta inaceptable que el preso vea flexibilizada su condena mediante un tercer grado basado en ‘escritos privados y formulaciones genéricas contra la violencia’. La AVT censuró la concesión al considerar a Parot ‘uno de los terroristas más sanguinarios de ETA’ y afirmó que se cumple ‘una hoja de ruta’ pactada por el Gobierno de Pedro Sánchez a cambio del apoyo de EH Bildu. La asociación describió a las víctimas como ‘resignadas, impotentes y abandonadas’.
El encaje penitenciario del caso y el próximo paso procesal
Henri Parot cumple condena en un centro penitenciario del País Vasco, territorio donde el Gobierno Vasco ejerce la competencia de ejecución penal. La progresión al tercer grado implica pasar a un régimen de semilibertad, que permite salir del centro durante una parte de la jornada. El artículo 100.2, en cambio, flexibiliza el cumplimiento sin llegar a esa clasificación y ha sido el régimen aplicado al interno antes de la decisión recurrida. El régimen de semilibertad no supone la excarcelación definitiva, sino una modalidad de cumplimiento sujeta a controles periódicos. Esa distribución competencial hace que recursos como el presentado este miércoles se diriman por la jurisdicción central de vigilancia penitenciaria.
El recurso deja la decisión final en manos del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria. El tribunal deberá resolver primero la petición de suspensión cautelar y, con posterioridad, el fondo del recurso contra la concesión del tercer grado. No se ha fijado un calendario público para esa decisión. Mientras tanto, la resolución del Gobierno Vasco quedará sometida a la revisión judicial solicitada por el Ministerio Público.

