3Móvil y auriculares mientras ruedas: 200 euros cada distracción
El patinete eléctrico dejó de ser jurídicamente un juguete cuando el Real Decreto 970/2020 le otorgó la consideración de vehículo a efectos de circulación. Desde entonces, quien lo pilota está sujeto al mismo mandato que un automovilista: el deber de mantener la atención permanente sobre la conducción. El artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación prohíbe manejar el teléfono móvil y también circular con cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido. Cada una de esas dos conductas constituye una infracción grave castigada con 200 euros, de modo que son dos sanciones distintas y acumulables: quien rueda escuchando música y además consulta la pantalla se expone a 400 euros. La única diferencia relevante respecto al coche es que el usuario de un VMP no pierde puntos, porque este tipo de vehículo no exige permiso de conducción.
Pese a que la prohibición lleva años en vigor, los controles confirman que la distracción sigue siendo una de las infracciones más habituales. La Policía Local de La Línea de la Concepción impuso más de cien sanciones a usuarios de patinetes a lo largo de 2025 y situó el uso del teléfono móvil entre los motivos principales, junto a circular por zonas peatonales o saltarse las señales. En Zaragoza, el cuerpo municipal ha recordado que los auriculares aíslan del entorno y reducen la capacidad de reaccionar, y en Cartagena la campaña desarrollada del 4 al 20 de marzo insistió en la misma cifra para móvil y auriculares, frente a los 100 euros de circular por la acera o llevar pasajero. Son 200 euros que se suman a un catálogo mucho más caro: la falta de inscripción en el registro o de seguro obligatorio puede acumular hasta 1.220 euros, con inmovilización del vehículo incluida.

