4Patinete trucado que pasa de 25 km/h: deja de ser un VMP y cambia todo
La frontera es una cifra: 25 km/h. Un VMP es, por definición reglamentaria, un vehículo de una o más ruedas, propulsado solo por motor eléctrico, de una plaza y con velocidad máxima por construcción de entre 6 y 25 km/h, que debe llevar certificado de circulación, dos frenos independientes y avisador acústico. Anular el limitador, tocar el firmware, cambiar el motor o añadir una batería externa para rebasar ese tope invalida la certificación y el aparato deja de ser un VMP. El Tribunal Supremo lo zanjó en su sentencia 944/2025, de 17 de noviembre: un patinete de 1.900 W que alcanzaba 45 km/h, interceptado en Barcelona, encaja por prestaciones —no por aspecto— en la categoría L1e-B de los ciclomotores, según el Reglamento (UE) 168/2013. En la vía, el criterio de la DGT es denunciar por carecer de autorización administrativa para circular: 500 euros y vehículo inmovilizado rumbo al depósito.
El cambio de categoría arrastra obligaciones propias de un ciclomotor: matrícula, permiso de circulación, ITV, seguro específico y casco homologado, además del permiso AM —o el B con más de tres años— para conducirlo. Sin esa licencia ya no hablamos solo de una multa administrativa: entra en juego el artículo 384 del Código Penal, castigado con tres a seis meses de prisión o multa de 12 a 24 meses, y en el caso resuelto por el Supremo la condena confirmada fueron 2.160 euros. Además, un patinete trucado no puede obtener la certificación y, por tanto, tampoco la inscripción en el registro de la DGT, que es la puerta de entrada al seguro obligatorio de responsabilidad civil. Circular sin inscripción y sin póliza acumula hasta 1.220 euros, con inmovilización y traslado al depósito municipal, frente a los 8,67 euros de la tasa de registro y los 60 a 160 euros anuales de una póliza. La patronal de las ITV reclama una inspección periódica específica, con más de 30 puntos de revisión, para detectar estas manipulaciones.

