El nuevo lío con el voto CER de la Ley de Nietos para las elecciones del 29N

Iustitia Europa, formación que concurre a las elecciones generales del 29N por la circunscripción de Madrid, ha presentado ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo un nuevo escrito de medidas cautelares de especial urgencia e inaudita parte en el recurso ordinario 1013/2026, abriendo un nuevo frente en la batalla judicial sobre los efectos electorales de la denominada Ley de Nietos.

La formación pide ahora al Supremo que actúe sobre un supuesto que no quedó expresamente cubierto por los Autos de 10 de septiembre y 12 de octubre: el de las personas que adquirieron la nacionalidad por la vía sometida a las cautelares, fueron inicialmente incorporadas al CERA, pero posteriormente trasladaron su residencia a España, causaron baja como residentes en el extranjero y pasaron al CER, el censo de quienes votan desde territorio nacional.

La cuestión es jurídicamente determinante. Las medidas actualmente vigentes suspendieron la inscripción y los efectos electorales en el CERA. Por ello, una persona perteneciente al mismo colectivo sometido a comprobación judicial puede haber dejado posteriormente el CERA, incorporarse al CER por trasladar su residencia a España y quedar así fuera de la literalidad de aquella suspensión.

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El partido político solicita que la Oficina del Censo Electoral y el INE identifiquen inmediatamente todos esos tránsitos CERA al CER, reconstruyan la situación censal de cada elector y suspendan cautelarmente los efectos electorales de su actual inscripción en el CER hasta completar la misma comprobación que el Supremo ha exigido respecto de quienes permanecen en el extranjero. Solicita igualmente la suspensión cautelar inmediata y temporal de la totalidad de las personas nacionalizadas por el Anexo III que figuren actualmente en el CER o en el CERA, hasta determinar quién es el progenitor del que deriva cada nacionalidad, por qué vía adquirió éste la nacionalidad española y si se encuentra comprendido dentro de las medidas cautelares ya acordadas por el Tribunal Supremo.

Pardo: «El Gobierno es responsable de haber llegado a este caos censal»

Luis María Pardo, presidente de Iustitia y abogado que dirige la estrategia jurídica de la formación, considera que la situación ha dejado de ser una cuestión meramente técnica: «Estamos ante un caos censal que el Gobierno conocía y que tenía la obligación de evitar. Lo advertimos el 28 de junio, antes incluso de que se convocaran las elecciones. Pedimos identificar, comprobar y depurar las altas porque sabíamos que, si se dejaba correr el tiempo, terminaríamos exactamente aquí: a un mes de unas elecciones, con el Supremo dictando
sucesivos Autos y con la propia Administración reconociendo que todavía tiene problemas para identificar y cruzar correctamente a los afectados».

Pardo explica que el nuevo escrito trata de cerrar una situación que las primeras cautelares no podían prever: «El Supremo suspendió los efectos electorales en el CERA. Pero ahora comprobamos que una persona perteneciente a ese mismo colectivo puede haber estado en el CERA, trasladarse posteriormente a España y aparecer en el CER. El título de nacionalidad que está siendo comprobado es exactamente el mismo; lo único que cambia es el censo desde el que puede votar. Eso deja abierta una vía electoral que los Autos anteriores no suspendieron expresamente y que ahora pedimos al Supremo que cierre cautelarmente».

Para Pardo, la responsabilidad política de la situación corresponde al Ejecutivo: «No puede trasladarse ahora al Tribunal Supremo ni a los ciudadanos el coste de una falta de control que corresponde a la Administración».

Del CERA al CER

La propia Oficina del Censo Electoral reconoce que entre los movimientos que gestiona se encuentran las bajas de residentes en el extranjero que regresan a España, así como las derivadas de una posterior inscripción en el Padrón municipal. Por ello, Iustitia Europa sostiene que la Administración puede reconstruir perfectamente la secuencia: NACIONALIDAD POR LA DA 8.ª → ALTA CONSULAR → CERA → TRASLADO A ESPAÑA → BAJA CERA → PADRÓN → CER.

El escrito pide al Supremo que obligue al INE y a la OCE a identificar nominalmente a quienes hayan seguido esa secuencia y que suspenda temporalmente los efectos electorales de su actual inscripción CER mientras continúe pendiente la comprobación de su expediente.

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Pardo advierte de que la cuestión afecta directamente a la confianza pública en el proceso electoral: «Esto ya ha superado cualquier discusión sobre una instrucción administrativa. Estamos hablando de la composición del cuerpo electoral que va a decidir unas elecciones generales. Si no sabemos con certeza quién está sometido a las cautelares, quién pasó del CERA al CER, quién deriva su nacionalidad de un progenitor afectado y qué situación censal corresponde a cada persona, el problema alcanza directamente a la legitimidad del proceso».

Y añade: «El censo es el presupuesto sobre el que se construye la representación política. Si el Estado llega a las elecciones sin haber garantizado su correcta formación, no sólo se pone en cuestión un expediente administrativo: se pone en riesgo la confianza en el resultado y, con ella, la legitimidad de las instituciones que nazcan de esas elecciones. El Gobierno es responsable de haber permitido que lleguemos hasta aquí».

Denuncia ante la JEC

Iustitia Europa recuerda que puso esta cuestión en conocimiento de la Junta Electoral Central el 28 de junio de 2026, antes de la convocatoria electoral, solicitando precisamente la identificación, control y depuración de las altas derivadas de la Disposición Adicional Octava. La formación sostiene que la solución sigue siendo la misma que reclamó entonces: identificar antes de votar, comprobar antes de escrutar y evitar que ningún voto produzca efectos definitivos mientras la propia Administración no pueda acreditar con certeza la situación electoral de su titular.

La formación Iustitia Europa presentaba este viernes un escrito urgente ante la Junta Electoral Central para que actúe sobre las inscripciones en el CER vinculadas a la Disposición Adicional Octava de la Ley 20/2022.

El Tribunal Supremo ha acordado no resolver sobre la medida cautelar solicitada por Iustitia Europa respecto del Censo Electoral de Residentes en España -CER-, al considerar que dicha cuestión excede del objeto del recurso contencioso-administrativo actualmente en tramitación.

Ante esta decisión, Iustitia ha presentado un escrito urgente ante la Junta Electoral Central, órgano competente en materia de dirección y supervisión de la Oficina del Censo Electoral. La formación solicita la identificación y revisión de las personas que, estando inicialmente comprendidas en el colectivo sometido a comprobación en el CERA, hayan pasado posteriormente al CER, así como de las inscripciones del Anexo III actualmente incorporadas a dicho censo.

Iustitia Europa pide que, mientras se completa esa comprobación, se adopten las medidas necesarias para preservar la exactitud, trazabilidad y pulcritud del censo electoral de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.