El Senado puede enmendar y vetar, pero no decidir. Su veto es suspensivo: el Congreso lo levanta con mayoría absoluta y, una vez transcurridos dos meses, basta con la mayoría simple. Sobre esa asimetría constitucional, el Ejecutivo ha ido construyendo una caja de herramientas para legislar rápido y con el menor número posible de filtros, utilizada en los últimos años con una intensidad que incomoda a buena parte de la Cámara alta y a no pocos constitucionalistas.
El criterio de esta selección no es el volumen de normas aprobadas, sino el grado en que cada fórmula recorta el papel de la Cámara territorial: desde las que la excluyen por completo hasta las que la dejan sin tiempo material para leer lo que vota. Los atajos aparecen ordenados según ese mismo baremo, y todos comparten un efecto común: desplazan el peso real de la decisión hacia el Congreso, donde el Gobierno conoce de antemano sus números y donde el margen de sorpresa es mínimo.
1El decreto-ley exprés: convalidación solo en el Congreso y sin voto del Senado
El artículo 86.2 de la Constitución reserva la convalidación de los reales decretos-leyes al Congreso, en exclusiva, y con un formato extremo: un pronunciamiento en el plazo de 30 días, sobre la totalidad del texto y sin posibilidad de enmiendas. El Senado no vota. Su facultad de veto o de enmienda del artículo 90 solo se activa sobre los proyectos de ley que le remite la Cámara Baja, de modo que una norma con rango de ley firmada por el Gobierno puede consolidarse de forma definitiva sin pasar por la Cámara Alta. La única puerta para que los senadores intervengan es que el Congreso acuerde, por mayoría simple, tramitar el decreto-ley como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia (art. 86.3). Y ni siquiera entonces el calendario es neutro: declarada la urgencia, el plazo del Senado se reduce de dos meses a 20 días naturales (art. 90.3).
El incentivo es evidente con una mayoría absoluta del PP en el Senado. Un veto obligaría al Gobierno a reunir otra vez 176 votos en el Congreso para levantarlo, o a esperar dos meses para hacerlo por mayoría simple. Y la vía de escape que el constituyente dejó a la Cámara Alta puede neutralizarse igualmente: el Tribunal Constitucional ha declarado que la Mesa del Congreso lesionó derechos parlamentarios al prorrogar hasta 71 veces el plazo de enmiendas de un decreto-ley ya convalidado, el 36/2020, congelando su tramitación durante 21 meses hasta que decayó por fin de legislatura, sin que los senadores llegaran a pronunciarse. El resultado: en la legislatura iniciada en 2023 se han aprobado 27 decretos-leyes frente a 24 leyes y ninguno ha culminado como ley formal del Parlamento, según los recuentos publicados.
