La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a una pena de 13 años y seis meses de prisión a los tres acusados de la agresión sexual a una joven ocurrida en la Urbanización Guadiana de la capital pacense en septiembre de 2016.
En el auto se les considera autores de un delito de agresión sexual agravada y se aplicaría la doctrina de la ‘manada’ de Pamplona para los tres, de manera que habría un autor y los otros dos son cooperadores necesarios de la agresión, por lo que todos son condenados como autores a la misma pena.
El abogado de uno de los acusados, Fernando Cumbres, ha explicado en declaraciones que van a recurrir la sentencia, que respetan aunque no comparten el fallo y siguen entendiendo que «estos chicos son inocentes»: «Tanto es así que la propia versión de la acusación particular y el ministerio fiscal ha caído por su propio peso, en vez de tres agresiones han sido condenados por una única agresión sexual», ha indicado.
Y es que, como ha considerado Cumbres, la víctima «no tiene veracidad, no tiene credibilidad» y así lo han defendido «en todo momento» y seguirán defendiéndolo, a la vez que ha hecho hincapié en que, «sin perjuicio de ella», también entienden que debió de aplicarse subsidiariamente las atenuantes que venían manifestando.
Al respecto, ha matizado que la Sala reconoce un atenuante simple de dilaciones indebidas pero que han pasado más de cinco años desde que ocurrieron los hechos y «por lo tanto» entienden que son cualificadas, junto con que «sí está claro» que ha habido un atenuante de intoxicación etílica de los investigados, «porque, al igual que reconoce, la víctima está borracha, ellos también estaban borrachos y así se ha acreditado con el vídeo que se visualizó en el juicio en el que todos iban bajo los efectos del alcohol».
En el caso de su cliente, ha especificado que lo absuelve de un delito de agresión sexual en grado de tentativa, pero que es condenado porque se les imputa «la teoría de la manada de que son cooperadores y por tanto son autores del mismo hecho delictivo», mientras que sobre la pena de 13 años y seis meses de prisión, ha recalcado que es «desproporcionada».
Según recoge el escrito de fiscalía, que solicitaba 20 años de cárcel, los hechos tuvieron lugar en septiembre de 2016 en la Urbanización Guadiana de Badajoz. Los acusados de entre 25 y 30 años, presuntamente aprovecharon el estado de embriaguez de la víctima para llevarla hasta una rampa de garaje de un chalet para acorrarlarla y, supuestamente, agredirla sexualmente.