El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a un hombre, de 64 años, a seis meses de cárcel por dejar a su perro encerrado en el coche durante todo el día en la localidad Cazorla (Jaén), en pleno mes de julio y con temperaturas superiores a 40 grados, lo que llevó a la muerte del animal por un golpe de calor.
Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal pedía un año de cárcel, finalmente, y en aras a que el acusado reconociera los hechos, se declarara culpable y se conformara con la pena, se rebajó a seis meses de cárcel al contemplar que actuó bajo los efectos de la ingesta de alcohol y apreciar así la atenuante simple de embriaguez.
En la sentencia, se recoge como hechos probados que el 7 de julio de 2022, sobre el mediodía, el acusado, «afectado por el consumo previo de bebidas alcohólicas», dejó aparcado el coche en una calle de Cazorla «bajo la influencia directa de la radiación del sol» y «con absoluta dejación de sus obligaciones de cuidado» dejó a su perro, de unos 25 kilos de peso, «encerrado hasta la noche en el interior de su vehículo«.
Lo dejó «sin ningún tipo de ventilación y sin agua suficiente, pese a las adversas condiciones climatológicas» debido a las altas temperaturas registradas ese día, que rondaron los 42 grados en las horas de más calor.
Ya por la noche, y según recogió el atestado policial, el acusado, bajo los efectos del alcohol, se cayó en la vía pública y tras ser atendido por traumatismo en un hombro, trasladó a los agentes de la Policía Local que le atendían su preocupación por el estado en el que podía encontrarse el perro. Cuando acudió la Policía, el animal estaba ya sin vida. El certificado del veterinario recoge que el perro falleció por un golpe de calor.
Finalmente la condenada impuesta al acusado es como autor de un delito de muerte de animal doméstico con la concurrencia de la atenuante simple de embriaguez. Además se le impone la inhabilitación especial por tres años para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con los animales y para su tenencia.
La conformidad del acusado con la pena implica su compromiso a no recurrir la sentencia, que ya es firme.