Una familia recibe el diagnóstico de Alzheimer de uno de sus padres. Ese momento marca el inicio de un reloj en contra para tomar decisiones patrimoniales. Con el avance de la enfermedad, la persona pierde la capacidad de decidir. La casa en la que vive, su principal activo, debe venderse para costear una residencia. Pero sin poder firmar ningún documento, la perdida de capacidad paraliza cualquier operación. Los bancos y las notarías bloquean la venta hasta que un juez declare la incapacidad, un proceso que puede durar meses y consumir emocionalmente a la familia. La notaria alicantina María Cristina Clemente tiene una recomendación que, según advierte, muy pocos siguen a tiempo: hacer los poderes preventivos incluso antes que el testamento.
Una herramienta notarial que corre más prisa que el testamento
El poder preventivo es un documento público en el que una persona, todavía con plena capacidad o en las primeras fases de la enfermedad, designa a alguien de su entorno para que administre su patrimonio cuando ella ya no pueda hacerlo. Clemente lo explica con claridad: “Si me admitís un consejo como notario que creo que podría evitar situaciones muy penosas, muy tristes, muy angustiosas, es aconsejarles plantear hacer una escritura que no es el testamento, incluso por delante del testamento, son los poderes preventivos”.
El testamento regula lo que sucede después del fallecimiento, pero no sirve para actos en vida. El poder preventivo, en cambio, habilita a un apoderado a firmar la venta de una vivienda, mover cuentas bancarias o cualquier acto patrimonial sin necesidad de acudir a un juez. “La ley desde hace unos años permite que, cuando todavía estás en condiciones de tomar decisiones, incluso cuando estás en esos primeros estadios de diagnóstico de la enfermedad, puedes venir a notaría y allí decidir qué persona de tu entorno, de absoluta confianza, será la que se encargue de tomar decisiones cuando tú ya no puedas hacerlo”, añade la especialista.
La venta de la vivienda, el cuello de botella que lleva a los tribunales
El escenario que dibuja Clemente se repite en muchas familias españolas. Un padre o una madre con Alzheimer ya no puede seguir viviendo solo. El ingreso en una residencia exige liquidez inmediata, y el dinero no está en el banco sino en la vivienda habitual. “Llega el momento en que ya no es posible que continúe en casa porque se exige internamiento en una residencia y eso genera muchos gastos y la liquidez no está en el banco, está en la que era su vivienda habitual, y hay que venderla”, detalla.
Si en ese punto el titular del inmueble ya no puede comparecer ante una notaría, los familiares se enfrentan a un bloqueo. Tienen que iniciar un procedimiento judicial de modificación de la capacidad que puede alargarse meses. Mientras tanto, los gastos se acumulan y la tensión familiar crece. El poder preventivo anticipado rompe ese círculo: evita que un juez tenga que decidir quién administra el patrimonio y permite que sea la propia persona quien lo haya previsto.
El poder preventivo es el documento que permite elegir a una persona de confianza para que administre tu patrimonio cuando tú ya no puedas, sin esperar a que un juez decida por ti.
La diferencia con el testamento es crucial: mientras que el testamento garantiza la voluntad sucesoria tras el fallecimiento, el poder preventivo asegura la administración del patrimonio en vida. “Ella será la que se ocupe de hacer todo lo que estime mejor para tu cuidado”, subraya Clemente sobre la figura del apoderado, y recalca que esta gestión ahorra meses de trámites y un desgaste emocional profundo para los hijos o cuidadores.

La perspectiva española: un refuerzo de la autonomía que evita la judicialización
España cuenta con una larga tradición notarial que ha ido incorporando instrumentos como el poder preventivo para alinearse con las corrientes internacionales de protección de los derechos de las personas con discapacidad. La reforma del Código Civil de 2021 impulsó las figuras de apoyo para que prevalezca la voluntad de la persona por encima de la incapacitación clásica. En ese marco, el poder preventivo se presenta como una pieza clave para que cualquier ciudadano pueda tomar las riendas de su propio futuro sin que el Estado intervenga en decisiones íntimas.
El vacío que deja la falta de este documento no es solo jurídico: golpea de lleno en el tejido familiar español, donde el cuidado de los mayores suele recaer en los hijos y la vivienda constituye el grueso del patrimonio. Resolver la venta de una casa sin un poder válido puede terminar en lentos procesos judiciales que desgastan a todos. La recomendación de Clemente pone el foco en la cultura de la previsión: planificar cuando aún se tiene capacidad para hacerlo.
Conviene recordar que el coste de un poder notarial es mínimo comparado con el litigio que puede provocar su ausencia. Más de 200.000 personas en España padecen algún tipo de demencia neurodegenerativa y muchas familias se topan cada año con este escollo burocrático. El poder preventivo no solo es una herramienta jurídica; es una forma de proteger la dignidad de quien pierde la memoria.
📌 Ficha del Caso
- Ficha sobre el caso: La notaria alicantina María Cristina Clemente recomienda otorgar poderes preventivos al recibir un diagnóstico de Alzheimer para sortear la incapacitación judicial.
- Datos importantes: Un poder preventivo puede tramitarse en una notaría mientras la persona conserve la capacidad. El coste es inferior al de un juicio de incapacitación. La venta de una vivienda sin poder exige una sentencia judicial.
- Resumen: El poder preventivo protege la autonomía y el patrimonio familiar, y evita que una enfermedad neurodegenerativa se convierta en un bloqueo económico para todo el entorno cercano.

