El Tribunal de Instancia sección de lo Contencioso-Administrativo Plaza 2 de Badajoz acaba de sentenciar contra el nombramiento como letrada de la Diputación de Badajoz a Cristina Natalia Correa. La denuncia fue interpuesta en abril de este mismo año por otro candidato al mismo puesto, Antonio Prieto, contra la decisión del vicepresidente tercero y diputado delegado del Área de empleados públicos, seguridad y salud en el trabajo. Correa declaró en el juicio contra David Sánchez y otros altos cargos de la Diputación pacense como testigo a propuesta, precisamente, de la Diputación.
El fallo de ahora, que no es firme y por tanto queda pendiente de un recurso de apelación, deja sin efecto el nombramiento de la abogada y obliga a la Diputación a retroceder en el proceso de selección «al momento inmediatamente anterior a la constitución y actuación de la Comisión de Valoración».
El demandante también pedía que se constituya una nueva comisión de valoración, que se realice una valoración comparativa y que se resuelva el proceso «con plena observancia de los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y transparencia».
El juicio se celebró el 12 de junio. El demandante alegó la «falta de motivación de la propuesta de la comisión de valoración y del acto de nombramiento». También sostenía que «se ha producido una desviación respecto del objeto y finalidad del puesto, que, según la propuesta inicial de provisión, respondía primordialmente a la necesidad de atender la asistencia y representación en juicio de las entidades locales de la provincia (…)». La tercera cuestión eran «diversas irregularidades procedimentales que, a su juicio, evidencian la existencia de una desviación de poder, tales como la suscripción del acta de la Comisión por un solo miembro, la intervención previa de la candidata seleccionada en el expediente como directora del Área de Recursos Humanos (…)».
La sentencia recoge que efectivamente, la doctrina del Tribunal Supremo precisa que la comisión de servicios, bajo cuya figura fue aprobado el nombramiento, «no constituye un mecanismo de designación libre, opaco o puramente fiduciario» y que el Alto Tribunal recuerda que «se exige convocatoria pública cuando se acude a esta forma de cobertura, precisamente para garantizar la igualdad en el acceso al desempeño de funciones públicas y evitar tratos preferentes en beneficio de la carrera profesional del funcionario comisionado (…)».
Comisión de valoración de la Diputación
La sentencia también da la razón al denunciante por entender que «la motivación del acta de sesión de la comisión de valoración no solo es insuficiente, sino desajustada a las bases de la convocatoria».
El recurrente también alegó que ese acta de la comisión fue firmada por un solo miembro. Sobre esto dice el tribunal que «la comisión estaba formada por Francisco A. Mendoza, Juan Ovando y Esteban Torres y que el acta fue firmada únicamente por el Letrado Coordinador de Gabinete de Asuntos Judiciales «en nombre de la Comisión de Valoración constituida a tal efecto».
Dice la sentencia que «la firma exclusiva del acta por uno de sus miembros, aun cuando se exprese que lo hace «en nombre de la comisión», no aparece acompañada de diligencia, acuerdo, delegación, conformidad posterior o cualquier otro elemento que permita verificar la participación efectiva de los restantes miembros en la decisión adoptada».
Cristina Correa había sido ascendida a jefa de Recursos Humanos en la Diputación de Badajoz tras la vacante que dejó Juana Cintas Calderón tras su imputación y posterior condena en el Caso David Sánchez.
