Caso Koldo: el juez ofrece al Estado personarse por los sueldos de la ex novia de Ábalos

El juez Ismael Moreno, que instruye desde el juzgado central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, el Caso Koldo tras pasar por el Tribunal Supremo ha ofrecido a la Abogacía del Estado que se presente en la causa como perjudicada por los sueldos que Jésica Rodríguez, ex pareja de José Luis Ábalos, percibió de Ineco y Tragsatec, un total de 43.950 euros, a pesar de no acudir a trabajar, tal y como ella misma confesó cuando fue interrogada y luego cuando testificó ante el Tribunal Supremo.

El juez instructor argumenta que la oferta es «por entenderse patrimonio público todo el conjunto de bienes y derechos, de contenido económico patrimonial, pertenecientes a las Administraciones públicas, el supuesto de la contratación de la investigada, Jésica Rodríguez García por parte de las empresas públicas Ineco y Tragsatec, habiendo recibido un total de 43.950 € (34.450 € de Ineco más 9.500 € por Tragsatec), procédase a instruir de las acciones a que se refieren los arts. 109, 110 y 776 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a la Abogacía del Estado, a efectos de la defensa de los intereses de las citadas entidades públicas».

La Fiscalía Anticorrupción informó favorablemente sobre esta cuestión: «en atención a que de los hechos relativos a la contratación de Dña. Jesica Rodríguez García por parte de Ineco y Tragsatec, dado que estas empresas, así como la receptora de los recursos propios y obligada a reintegrar los costes derivados -ADIF- son empresas públicas, con un cien por cien de accionariado de titularidad pública, y que el circulante dispuesto en beneficio de Jessica Rodríguez por un importe total de 43.950 euros, -34.450 euros por Ineco y 9.500,54 euros por Tragsatec- reúne todo los requisitos para ser considerado, a los
efectos del artículo 433 ter CP, objeto típico, se considera que, de conformidad con los artículos 109, 110 y 776 LECr, se ha de realizar ofrecimiento de acciones a la Abogacía del Estado, a efectos de que pueda personarse en el presente procedimiento en defensa de los intereses de las citadas entidades públicas».

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Ahora habrá que esperar qué decide la Abogacía del Estado, si se presenta como acusación particular y/o como perjudicada.

169 evidencias digitales del Caso Ábalos

El fiscal aprovechó el mismo informe para pedir la tercera prórroga de la instrucción: «Desde su incoación, dada la naturaleza de los hechos y delitos investigados, se han practicado numerosas diligencias, entre las que cabe destacar -en lo que viene a afectar a la justificación de la prórroga- las diligencias de entrada y registro efectuadas el pasado 20 de febrero de 2024, donde fue intervenida numerosa documentación».

Además, destaca el fiscal que, «con fecha de 19 de febrero de 2024 fueron acordadas un total de 26 diligencias de entrada y registro en los domicilios de los investigados y en sedes sociales de personas jurídicas vinculadas o relacionadas con los mismos. De estas diligencias, además de la intervención de documentación, efectos y metálico, derivó la intervención de un total de 169 evidencias digitales (teléfonos, ordenadores y dispositivos de almacenamiento), que tras su volcado continúan siendo examinados para su posterior informe al juzgado por la unidad policial encargada de la investigación desde el primer momento: la Unidad de Policía Judicial de la Guardia Civil adscrita a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada».

También argumenta que al final de la instrucción llega el mes de agosto, inhábil para asuntos judiciales: «(…) se ha de tener en cuenta que por la propia naturaleza del mes de agosto y por razones de sobra conocidas, en el mes de agosto se ralentiza la marcha de los procedimientos, circunstancia que puede determinar que alguna diligencia pendiente de cumplimiento y lo que pudiera derivar de la misma, no pudiera ser concluido antes del próximo 6 de septiembre, asimismo, queda pendiente de resolver algún
recurso del cual pudiera derivar la necesidad de realizar alguna actuación judicial. Ello, son circunstancias que determinan la necesidad de acordar una nueva prórroga del procedimiento. Por lo tanto, al estar próxima la finalización de la segunda prórroga de seis meses (…) y teniendo en cuenta las circunstancias antes citadas, parece razonable que sea acordada la prórroga de la presente instrucción por un nuevo período de seis meses»