Absueltos cuatro miembros de una familia acusados de una violación múltiple en Alicante

La Audiencia de Alicante no considera acreditado que las relaciones sexuales no fueran consentidas. El fallo no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

La Audiencia de Alicante ha absuelto a cuatro miembros de una misma familia acusados de una violación múltiple a una joven de 21 años, según la sentencia de la Sección Décima. El tribunal considera que no existen pruebas suficientes para acreditar que las relaciones sexuales no fueran consentidas.

La valoración del testimonio de la denunciante

El fallo reconoce que el testimonio de la denunciante fue persistente y que no se apreciaban ánimos espurios, pero concluye que no había elementos que permitieran corroborar objetivamente su relato. La sala subraya que, aunque la joven aseguró que aquella noche había bebido mucho, las conversaciones posteriores no evidencian lagunas en su recuerdo de lo sucedido.

Los hechos ocurrieron la madrugada del 18 de diciembre de 2021. Los acusados y la joven coincidieron en un pub del centro de Alicante, del que esta se marchó con uno de ellos para mantener relaciones sexuales que todas las partes consideran consentidas. El conflicto surgió con la llegada al piso del resto del grupo.

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La joven se quedó sola con los otros tres acusados, porque el joven con el que se había ido se retiró a dormir alegando que tenía que levantarse temprano por un viaje de trabajo. La mujer aseguró que no la dejaban marcharse y que dos de ellos la violaron consecutivamente, mientras los acusados sostienen que era ella quien pretendía seguir la fiesta. La Fiscalía pedía penas que sumaban 18 años de cárcel.

La víctima aseguró que, de los tres que quedaron, el cuarto trató de defenderla, por lo que ella creía que era un aliado. Más tarde, al enterarse de que todos los miembros de la casa eran familia, se sintió utilizada y consideró que este solo trataba de aprovecharse de su estado de shock para acostarse con ella.

La sala aprecia una duda razonable ante la falta de corroboraciones objetivas del relato.

Los mensajes que la sala considera claves

En la causa se aportaron mensajes de Instagram entre la denunciante y el primer acusado al día siguiente, según el fallo. En ellos, ella dice: “yo vi que caíste jajaja. Nosotros hasta por la mañana. Nos fuimos de tu casa sobre las 14.00 horas, me quedé dormida en el sofá”. La sentencia concluye que la denunciante reconoce que el acusado se fue a la habitación porque tenía sueño y que ella se quedó voluntariamente en el salón.

Respecto al cuarto acusado, los mensajes se produjeron entre el 19 y el 21 de diciembre. El fallo destaca que reflejan “un encuentro satisfactorio” y no contienen reproche alguno. La joven se dirige a él con expresiones como “amor, cariño, bebé” e incluso habla de volver a verse.

La víctima aseguró, que en esos momentos no era consciente de lo que había pasado y que no sentía nada de lo que decía en esos mensajes. El tribunal no consideró satisfactoria esa explicación, ya que la propia joven admite que el primer acusado se fue a dormir porque estaba cansado.

La sentencia también analiza la conducta del primer acusado sobre la omisión de deber de socorro que le atribuía la Fiscalía. La sala no considera probado que conociera las intenciones del resto de sus familiares, pese a que estuvieran en un ambiente de fiesta bebiendo alcohol.

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La duda razonable y los recursos

Con este resultado probatorio falto de corroboraciones objetivas, la sala concluye que se erige una duda razonable que obliga al dictado de una sentencia absolutoria. El fallo incide en que denunciar cuatro días después no juega en contra de la credibilidad, pero el cambio de actitud se produjo tras hablar con su hermano y una amiga, sin que conste cómo se sucedieron esas conversaciones.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. La acusación particular, ejercida por la joven denunciante, y el Ministerio Fiscal pueden recurrir en apelación. Hasta que no haya pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia, la absolución se mantiene. Los acusados estaban defendidos por los abogados Moisés Candela Sabater y Aitor Navarro García.