La Audiencia de Almería condena a un hombre a cuatro años por amenazar a jueces, fiscales y guardias civiles en TikTok. La sentencia impone dos años de prisión por amenazas no condicionales y dos años más por obstrucción a la justicia, además de multa e indemnizaciones de 30.000 euros.
EN 30 SEGUNDOS
- ¿Qué ha ocurrido? La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años de prisión al autor de una campaña de amenazas en TikTok contra jueces, fiscales y agentes de la Guardia Civil.
- ¿Dónde y cuándo? Los hechos se produjeron entre el 17 de octubre de 2024 y el 7 de marzo de 2025, cuando fue detenido.
- ¿Qué resultado? 118 vídeos, 30.000 euros en indemnizaciones, órdenes de alejamiento y siete años de prohibición de publicar sobre las víctimas.
Las penas impuestas por la Audiencia de Almería
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto dos años de prisión por un delito de amenazas no condicionales y dos años más por obstrucción a la justicia. El tribunal considera acreditada una campaña de represalias e intimidación contra la denunciante mediante insultos y amenazas difundidos en la red social. La condena incluye además un delito continuado de injurias y un delito de quebrantamiento de condena, castigados con 38 meses de multa a razón de seis euros diarios.
La resolución acuerda órdenes de alejamiento e incomunicación respecto de la víctima, tres jueces, una fiscal y dos agentes de la Guardia Civil. También prohíbe publicar contenidos sobre cualquiera de ellos en redes sociales durante siete años y fija en 30.000 euros el importe total de las indemnizaciones.
Según los hechos probados, entre el 17 de octubre de 2024 y el 7 de marzo de 2025, el acusado publicó 118 vídeos en TikTok con amenazas, injurias y calumnias dirigidas contra jueces, fiscales, guardias civiles y la mujer identificada como víctima en el procedimiento de violencia de género que anteriormente había derivado en una condena previa de año y medio de prisión.
Las publicaciones se sucedieron durante menos de cinco meses y, en uno de los vídeos, el acusado llegó a mostrar la pulsera de control telemático que llevaba.
Durante el juicio, el acusado negó conocer el perfil desde el que se difundieron los vídeos. Sin embargo, la Sala dio especial relevancia a su declaración durante la instrucción, cuando reconoció haber grabado y publicado los contenidos por la «frustración» que le produjo haber permanecido 20 meses en prisión provisional. Los magistrados visionaron en sala la totalidad de los vídeos y rechazaron la tesis de la defensa de que pudieran haber sido manipulados, al no haberse aportado ninguna prueba técnica que respaldara esa afirmación.
Una campaña de 118 vídeos en menos de cinco meses permitió acreditar la finalidad intimidatoria contra jueces, fiscales y agentes de la Guardia Civil.
El contenido de las amenazas y la valoración del tribunal
En las grabaciones, el condenado identificaba por su nombre a jueces de instrucción, a una fiscal y a agentes de la Guardia Civil, a quienes calificaba de «podridos corruptos». También acusaba a varios magistrados de «prevaricar» con el objetivo de desprestigiarlos. Aunque el tribunal considera acreditados los insultos y los sanciona como injurias, absuelve al acusado del delito de calumnias al entender que sus expresiones no describían conductas delictivas concretas e individualizadas.
La sentencia destaca que el tono de las amenazas fue incrementándose. En un vídeo publicado el 8 de enero de 2025, el acusado afirmó que había «perdido el miedo a la cárcel» y que, si «ahora mismo se lleva a alguien por delante sería un juez», porque lo estaba «deseando» y así «entraría como un héroe en la cárcel». El tribunal aprecia una especial animadversión contra una jueza de instrucción, sobre la que publicó una reseña difamatoria en Google visible durante dos meses.
La Audiencia absuelve al condenado del delito de atentado contra la autoridad, al considerar que las amenazas no constituyeron el inicio de la ejecución de un ataque. También descarta el delito contra la integridad moral, al entender que las expresiones, aunque graves, se dirigían exclusivamente contra la actuación profesional de las juezas y no alcanzaban la intensidad exigida para ese tipo penal.
El Contexto Operativo
La resolución se suma a la respuesta del sistema judicial frente a un fenómeno en expansión: la intimidación digital contra operadores de la justicia y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Según los hechos probados, el volumen de publicaciones —118 vídeos en menos de cinco meses— refleja la intensidad y la reiteración de una campaña dirigida a condicionar a quienes intervienen en un procedimiento judicial. La detención practicada el 7 de marzo de 2025 interrumpió esa actividad y permitió poner fin a la difusión de nuevas amenazas.
El fallo refuerza la protección de la Guardia Civil y de jueces y fiscales cuando son señalados en redes sociales por ejercer sus funciones. La prohibición de publicar contenidos durante siete años y las medidas de alejamiento acordadas confirman que la respuesta judicial no se limita a la pena de prisión, sino que busca impedir la continuidad del hostigamiento. La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Almería, traslada un mensaje inequívoco sobre la persecución penal de este tipo de conductas.

