El TSJ de Castilla y León confirma la multa al empresario por delito contra los derechos de los trabajadores

La Sala de lo Civil y Penal ratifica la condena y la multa por contratar a jornaleros extranjeros sin contrato ni alta en la Seguridad Social. La sentencia 78/2026 desestima el recurso y rechaza la vulneración de la presunción de inocencia.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León ha confirmado la sentencia condenatoria dictada contra un empresario por contratar de forma irregular a jornaleros extranjeros en Valladolid. La resolución, identificada como sentencia 78/2026, de 2 de junio, desestima el recurso del acusado y mantiene la multa por un delito contra los derechos de los trabajadores.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha resuelto el tribunal? La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León confirma la condena y la multa de la instancia anterior.
  • ¿Qué base jurídica aplica? El artículo 24.2 de la Constitución Española, en relación con el tipo penal de empleo irregular de trabajadores extranjeros dentro de los delitos contra los derechos de los trabajadores.
  • ¿Qué impacto tiene? La sentencia no es firme; la defensa puede interponer recurso. La prueba testifical se considera de cargo suficiente.

Antecedentes del procedimiento y hechos probados

Los hechos se sitúan entre julio y septiembre de 2021 en la provincia de Valladolid. El acusado actuó como intermediario en la prestación de servicios agrícolas destinados a la recogida de patata, una actividad estacional que exige la contratación de mano de obra en periodos breves.

Durante ese periodo, el empresario contrató a varios jornaleros sin formalizar ningún contrato laboral ni cursar el alta en la Seguridad Social. La actividad se desarrolló al margen de la normativa laboral y de extranjería, sin que constara la existencia de permisos de trabajo para los empleados contratados.

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Las declaraciones testificales practicadas en el plenario permitieron a la Sala concluir que el acusado, de origen rumano, contrató de forma consciente y reiterada al menos a un ciudadano serbio, a tres ciudadanos argelinos y a un ciudadano colombiano. En todos los casos conocía la condición de extranjeros y la ausencia de autorización administrativa para trabajar en España.

La sentencia de instancia impuso una multa. El recurso posterior invocó la infracción de la presunción de inocencia y cuestionó la valoración de la prueba personal.

El fallo confirmatorio y la valoración de la prueba

La sentencia 78/2026, de 2 de junio, dictada por la Sala de lo Civil y Penal, desestima el recurso del acusado y confirma la resolución del juzgado de instancia anterior. La multa impuesta se mantiene en su integridad.

La ausencia de contrato y de alta en la Seguridad Social se integra en el tipo penal mediante prueba testifical válida y suficiente.

El tribunal rechaza la alegación relativa a la vulneración de la presunción de inocencia. La actividad probatoria, centrada en la declaración de los testigos, fue considerada válida, legal y suficiente para acreditar los hechos.

La Sala tampoco aprecia errores en la valoración realizada por el juzgador de instancia. La conclusión incriminatoria parte de una deducción racional y no de una mera sospecha, sin que se haya producido inversión de la carga de la prueba.

El fallo resalta que los testimonios coincidieron en aspectos esenciales, como la naturaleza de la actividad, la falta de documentación laboral y la condición de los trabajadores. La prueba documental y las manifestaciones del acusado no desvirtuaron el relato de cargo.

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La cuantía exacta de la multa no consta en la información difundida. La fuente consultada confirma la sanción económica y la condena, pero no detalla el importe, el criterio de determinación ni la eventual imposición de penas accesorias. La resolución se limita a ratificar la decisión de instancia.

La Doctrina del Tribunal

La resolución no configura jurisprudencia vinculante para otros órganos judiciales, pero delimita el estándar de prueba exigible en este tipo de procedimientos. La Sala considera que la prueba testifical puede sustentar una condena por delito contra los derechos de los trabajadores cuando existe corroboración objetiva: ausencia de contrato, inexistencia de alta en la Seguridad Social y condición migratoria de los trabajadores.

La base jurídica se apoya en el artículo 24.2 de la Constitución Española, que garantiza la presunción de inocencia, y en la tipificación de los delitos contra los derechos de los trabajadores recogida en el Código Penal. El fallo examina la suficiencia de la prueba de cargo y concluye que no hubo arbitrariedad en la valoración judicial.

El impacto práctico se proyecta sobre litigios penales similares en los que la acusación se funda principalmente en testigos. La decisión refuerza que la prueba personal puede ser suficiente si aparece respaldada por datos indiciarios, sin exigir prueba directa de cada una de las contrataciones realizadas.

La sentencia no introduce una modificación de la jurisprudencia ni fija criterio interpretativo general; su valor es exclusivamente aplicativo sobre el caso concreto. No obstante, ilustra el control que realizan los tribunales de segunda instancia sobre la valoración de la prueba.

La sentencia no es firme y puede ser objeto de recurso. La identificación procesal publicada en la fuente es la sentencia 78/2026, de 2 de junio, de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León.

FICHA DEL CASO

  • El caso: Procedimiento penal por un delito contra los derechos de los trabajadores. El acusado actuó como intermediario agrícola en Valladolid y contrató a jornaleros extranjeros sin contrato ni alta en la Seguridad Social.
  • Datos importantes: Sentencia 78/2026, de 2 de junio, de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Castilla y León. Fallo confirmatorio; multa mantenida. No consta en la fuente la cuantía exacta.
  • Fecha de los juicios: Hechos entre julio y septiembre de 2021; sentencia de instancia anterior no fechada en la fuente; sentencia del TSJ de 2 de junio de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: Empresario de origen rumano, acusado por la contratación irregular de al menos cinco ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo.