El Supremo admite el recurso contra el censo de la «ley de nietos» del PSOE

La Sala Tercera del Tribunal Supremo da curso al recurso de Hazte Oír, lo tramitará por la vía especial de protección de derechos fundamentales y exige a la Junta Electoral Central el expediente completo en cinco días

El Tribunal Supremo ha activado formalmente el recurso de Hazte Oír contra la respuesta insuficiente de la Junta Electoral Central ante el crecimiento y la falta de trazabilidad del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) tras la entrada en vigor de la llamada Ley de Nietos. La Sala tiene por presentado e interpuesto el recurso y ordena su tramitación mediante el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales.

El Supremo reclama a la Junta Electoral Central el expediente administrativo completo en un plazo máximo de cinco días. Además, el Tribunal Supremo ha abierto una pieza separada para decidir las medidas cautelares solicitadas por HO y ha concedido cinco días a las partes para pronunciarse sobre la suspensión solicitada.

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«Si la propia Junta Electoral Central reconoce que los datos disponibles no permiten alcanzar una conclusión clara, su obligación no es mirar hacia otro lado: debe investigar, revisar y garantizar que cada inscripción sea legal, trazable y correctamente adscrita», señala Javier María Pérez-Roldán, letrado y secretario de Hazte Oír.

En su recurso, Hazte Oír reclama una investigación completa y desagregada de las altas, bajas y variaciones del CERA; la revisión de oficio de posibles alteraciones significativas y no justificadas; una auditoría basada en riesgos; y la comprobación de que la adscripción municipal de los nuevos electores se realizó con criterios legales, homogéneos y documentados.

Asimismo, la asociación pide también preservar expedientes, registros y metadatos, revisar el empleo de categorías ambiguas como «otros motivos» e impedir que el cierre del censo de una futura convocatoria electoral pueda consolidar situaciones imposibles de corregir posteriormente.

«No pedimos borrar indiscriminadamente a ningún elector ni cuestionamos en bloque la nacionalidad de nadie. Exigimos algo mucho más básico: que nadie pueda alterar el mapa electoral de España mediante expedientes opacos, criterios distintos según el consulado o adscripciones municipales sin soporte documental», añade Pérez-Roldán.

La apertura del procedimiento obliga a la Junta Electoral Central (JEC) a entregar el expediente y abre el debate urgente sobre las medidas cautelares reclamadas por Hazte Oír. Esta asociación ha afirmado en reiteradas ocasiones que llegará hasta el final para determinar la limpieza del censo, la igualdad entre españoles y la integridad del sistema electoral.