El ICAM alerta del colapso de los juzgados de lo Social de Madrid y del riesgo para la tutela judicial efectiva

El Colegio de la Abogacía de Madrid aporta datos del CGPJ: 78.518 asuntos pendientes, 17.000 más de los resueltos en 2025 y una tasa de congestión de 2,30. La queja invoca el artículo 24 de la Constitución y la STC 125/2022 sobre dilaciones indebidas.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha denunciado el colapso de los juzgados de lo Social de Madrid, con señalamientos de vistas fijados para 2029 y 2030, y advierte de que la situación compromete la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24 de la Constitución.

EN 30 SEGUNDOS

  • ¿Qué ha denunciado el ICAM? El colapso de los juzgados de lo Social de Madrid, con vistas fijadas a varios años de la demanda y tasas de congestión elevadas.
  • ¿Qué base jurídica invoca? El artículo 24.2 de la Constitución, la STC 125/2022 y el derecho fundamental a un proceso sin dilaciones indebidas.
  • ¿Qué impacto tiene? Retrasos en despidos, incapacidades, prestaciones y salarios, y riesgo para la tutela judicial efectiva de miles de ciudadanos.

Las cifras del colapso en la jurisdicción social madrileña

Los datos analizados por el Colegio, extraídos de las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, sitúan la pendencia en 78.518 asuntos al cierre de 2025, el mayor volumen de la serie disponible desde 2006. El incremento interanual fue del 26,8% y el alza acumulada desde 2023 alcanza el 55,9%. Frente a 2019, último ejercicio anterior a la pandemia, el número de asuntos pendientes se ha más que duplicado, con un aumento del 117,7%.

La comparación entre entrada y resolución confirma el desequilibrio estructural. En 2025 ingresaron 75.532 procedimientos y se resolvieron 58.557, una diferencia cercana a 17.000 asuntos. La tasa de resolución se situó en 0,78 y la tasa de congestión alcanzó 2,30, la más elevada entre las principales jurisdicciones de los juzgados madrileños, por encima de la primera instancia civil, la contencioso-administrativa y la instrucción penal.

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La respuesta institucional y las 19 medidas del ICAM

tutela judicial efectiva

El decano del ICAM, Eugenio Ribón, ha propuesto una reunión específica con el Ministerio de Justicia, la Comunidad de Madrid, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el propio Colegio. El objetivo declarado es compartir información, delimitar necesidades, acordar medidas y verificar su eficacia mediante calendarios e indicadores públicos.

La batería del Colegio comprende 19 medidas. Incluye estabilización y cobertura de plantillas, creación o refuerzo de órganos, mejora de la organización interna, herramientas tecnológicas eficaces, actuaciones específicas sobre ejecución y recursos y planificación de las agendas judiciales.

Ribón se ha dirigido por escrito a la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló; al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños; al consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, Miguel Ángel García Martín; al presidente del TSJ de Madrid, Celso Rodríguez Padrón; a la presidenta del Tribunal de Instancia de Madrid, María Jesús del Barco; y a la presidenta de la Sección de lo Social, María Fátima Beardo. Asimismo, ha registrado una queja formal ante el Defensor del Pueblo.

La pendencia en los juzgados de lo Social de Madrid creció un 26,8% en 2025 y los señalamientos superan ya los 18 meses en la mayoría de los procedimientos.

La doctrina del Constitucional

El diputado del ICAM responsable del Turno de Oficio, Juan Manuel Mayllo, subraya que la sobrecarga estructural, las plantillas insuficientes o la falta de órganos pueden explicar la demora, pero no trasladar sus consecuencias al ciudadano. La posición del Colegio se apoya en la STC 125/2022, de 10 de octubre, que estimó un recurso de amparo por vulneración del derecho a un proceso sin dilaciones indebidas reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución.

La doctrina constitucional obliga a valorar las circunstancias de cada procedimiento, pero fija un principio esencial: los problemas estructurales de la Administración de Justicia no convierten por sí mismos en razonable una espera excesiva. Corresponde a los poderes públicos dotar al sistema de los recursos necesarios para que los tribunales respondan en plazos compatibles con la tutela judicial efectiva. En materia de incapacidad permanente, el Colegio ha identificado vistas previstas para 2029 y 2030, con el riesgo de que la respuesta judicial llegue cuando la situación médica, laboral y económica del afectado haya cambiado por completo.

El retraso no se concentra únicamente en la fecha del juicio. Afecta a la tramitación inicial, a los asuntos prioritarios, a las reprogramaciones, a la preparación y remisión de recursos de suplicación y a las ejecuciones. Mayllo señala procedimientos presentados en octubre y noviembre de 2025 que todavía no habían recibido decreto de admisión. La campaña institucional SOS SOCIAL incluirá una recogida de firmas a través de la web del Colegio y visibilizará casos reales, con las debidas garantías de confidencialidad.

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FICHA DEL CASO

  • El caso: Denuncia institucional del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid por el colapso de los juzgados de lo Social de Madrid y por el riesgo para la tutela judicial efectiva.
  • Datos importantes: 78.518 asuntos pendientes al cierre de 2025; tasa de congestión 2,30; 19 medidas propuestas; STC 125/2022, de 10 de octubre, invocada como doctrina aplicable.
  • Fecha de los juicios: No hay una vista única. Los señalamientos comprometidos alcanzan 2029 y 2030; la campaña institucional se activa el 11 de septiembre de 2026.
  • Personas acusadas y por qué: N/A.